El Tribunal Constitucional suspende tres artículos de la Ley de evaluación de impacto ambiental de Baleares

  • El Tribunal Constitucional (TC) ha suspendido tres artículos de la Ley de evaluación de impacto ambiental de Baleares (AIA), algo que se deriva de admitir a trámite, de manera automática, la impugnación del Consejo de Ministros y que el Govern calificó de "centralista y burocratizante".

Según explican desde el Govern, el artículo 9.4 de la ley, sobre planes y programas excluidos de evaluación ambiental, eximía determinados proyectos de este trámite "si consistían en aumentar el nivel de protección, como los cambios de clasificación de suelo urbano a rústico".

Según ha recordado el presidente de la Comisión de Medio Ambiente de, Antoni Alorda, fue el PP el que enmendó la Ley para ampliar la lista de excepciones durante la tramitación parlamentaria y ahora "la impugna y suspende, manteniendo un doble discurso diferente aquí y en Madrid".

"La Directiva europea", ha insistido Alorda, "prevé que la normativa excluya de evaluación algunos planes porque ya se entiende que no tendrán efectos desfavorables, para evitar "burocratizar la tramitación".

En cambio, dice Alorda, como el Estado no ha previsto esto "en la legislación básica, concluye que en Baleares no se puede hacer". "Para el Estado no se trata de un problema ambiental, sino de soberanía", ha dicho.

Los otros artículos suspendidos son el 26.2, de nulidad del proyecto en caso que el Estado no lo someta a consulta de la Comunidad Autónoma y el 33.1, sobre tramitaciones de legalización.

Después de que el TC haya suspendido estos tres artículos se abre un periodo de alegaciones en el cual el Govern se podrá pronunciar sobre esta suspensión.

Así, Alorda lamenta que el Estado no haya abierto conversaciones con las comunidades autónomas sobre la modificación de la Ley de evaluación de impacto ambiental estatal que está tramitando.

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