El Ayuntamiento espera la modificación de la Ley de Haciendas Locales que promueve la FEMP

  • Tras conocerse la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que declara inconstitucional y anula parcialmente el pago del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (conocido como impuesto de plusvalías), el Equipo de Gobierno municipal quiere hacer las siguientes precisiones.

La sentencia del TC "afecta a todos los ayuntamientos de España y, por tanto, debe afrontarse de forma global".

En este sentido, indican en un comunicado de prensa, hay que recordar que "es un asunto que se está estudiando en el seno de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), en concreto dentro de la modificación de la Ley de Haciendas Locales".

Se trata de una sentencia que se esperaba -después del pronunciamiento en el mismo sentido de la Diputación Foral de Guipúzcoa- y cuyos efectos "están siendo analizados desde hace tiempo en la FEMP, de la que Logroño ostenta la vicepresidencia".

Así se ha convocado una nueva reunión para el próximo 30 de mayo, en cuyo orden del día se incluye la propuesta de la modificación de la Ley de Haciendas Locales, recogiendo la nueva situación que se plantea a los ayuntamientos.

Cuca Gamarra, alcaldesa de Logroño y vicepresidenta de la FEMP, ya anunció la necesidad de acometer una reforma de este impuesto que debería vincularse a la financiación local, de modo que "se respeten los intereses de los contribuyentes afectados por la pérdida de valor de sus inmuebles y, al mismo tiempo, se salvaguarden los recursos de las Haciendas Locales para seguir ofreciendo a los logroñeses los servicios públicos con eficacia y eficiencia".

La Dirección General de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Logroño estudia el alcance de la sentencia "desde la prudencia y la seriedad".

El Ayuntamiento de Logroño seguirá actuando, como ha hecho siempre, "conforme a la legalidad" y ajustará su actuación a la normativa vigente en cada momento.

En concreto, la sentencia del Tribunal Constitucional es la siguiente:

"Estimar la cuestión de inconstitucionalidad núm. 4864-2016 y, en consecuencia, declarar que los arts. 107.1, 107.2 a) y 110.4, todos ellos del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, son inconstitucionales y nulos, pero únicamente en la medida que someten a tributación situaciones de inexistencia de incrementos de valor".

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