En concreto, cabe recordar que la Sociedad Concesionaria Aeropuerto de Murcia solicitaba la medida cautelar de suspensión de los efectos de la autorización, impidiendo el inicio o continuación del expediente de contratación, según informaron fuentes del TSJMU en un comunicado.
El tribunal, tras valorar en qué medida el interés general demanda su ejecución y si con ésta se pueden producir a la parte recurrente perjuicios irreparables de modo que se impida la efectividad de una eventual sentencia estimatoria, resuelve que no procede acordar la suspensión de los efectos del acuerdo recurrido.
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