El magistrado ex alto cargo de la Junta no juzgará finalmente la pieza política de los ERE

Pedro Izquierdo (izda.) presencia el sorteo para determinar qué Sección de la Audiencia juzgará la pieza política de los ERE.
Pedro Izquierdo (izda.) presencia el sorteo para determinar qué Sección de la Audiencia juzgará la pieza política de los ERE.
JULIO MUÑOZ / EFE
Pedro Izquierdo (izda.) presencia el sorteo para determinar qué Sección de la Audiencia juzgará la pieza política de los ERE.

El juez Pedro Izquierdo, ex alto cargo de la Junta de Andalucía, no formará parte del tribunal que juzgará la pieza política del caso de los ERE, en la que están procesados los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, tras prosperar la recusación presentada por el PP y Manos Limpias.

Izquierdo, que fue secretario general para la Justicia en Andalucía entre los años 2008 y 2014, ha sido apartado del caso, del que había sido nombrado ponente, por "apariencia de parcialidad", han informado a Efe fuentes judiciales.

La Sección Tercera considera "justificada" la causa de recusación del artículo 219.10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) alegada por PP-A y Manos Limpias, como es tener "interés directo o indirecto en el pleito o causa", ya que "no concurren las suficientes garantías para excluir cualquier duda sobre la imparcialidad del magistrado recusado".

Y es que "las apariencias adquieren importancia, bastando que los recelos de los recusantes y de los ciudadanos puedan tener la posibilidad de considerarse objetivamente justificados, lo que entendemos sucede en el caso" del magistrado Pedro Izquierdo, considera el tribunal.

La Sección Tercera asevera que "no se trata de cuestionar la profesionalidad del magistrado recusado, ni su capacidad para la imparcialidad, de lo que entendemos no existe la menor duda, sino examinar su posición real en el proceso como tercero ajeno al mismo, lo que resulta esencial para sembrar la necesaria confianza de las partes y de la sociedad en el correcto funcionamiento de los tribunales".

Y es que "lo fundamental no es determinar si el juez ha perdido o no la imparcialidad sino si de las circunstancias objetivas que concurren se deriva alguna duda, para las partes o para la sociedad, sobre su parcialidad; esto es, si existe una sospecha razonable de parcialidad", dice la Audiencia.

Cabe recordar que el magistrado rechazó abstenerse como ponente del juicio pero solicitó a la Audiencia que valorase la "perturbación" generada en la actividad "ordinaria" del tribunal tras las recusaciones planteadas, a las que se opuso también la Fiscalía Anticorrupción aunque con matices, pues le pidió que analizara si como alto cargo conoció los procedimientos administrativos.

Una posible vía nueva

Por otro lado, la Audiencia Provincial de Sevilla ha abierto el camino para que los ex altos cargos de la Junta de Andalucía procesados en la pieza política de los ERE, en la que hay procesadas 22 personas, entre otros los expresidentes Chaves y Griñán, no puedan ser imputados ni procesados en ninguna otra de las piezas separadas en que se divide la causa.

En un auto fechado el día 4 de mayo, la Sección Séptima de la Audiencia estima en este sentido el recurso presentado por el abogado del ex director general de la agencia IDEA, Jacinto Cañete, tras ser incluido en la pieza separada por la ayuda de 880.000 euros concedida en los años 2008 y 2009 a la empresa 'Bética Industrial' después de ser procesado en la pieza política de los ERE.

Según las fuentes judiciales consultadas por Europa Press, la decisión adoptada por la Audiencia --que tiene pendiente de resolver otro recurso idéntico presentado por el exconsejero de Empleo Antonio Fernández-- podría suponer "un antes y después" en la causa.

El tribunal dice que "la solución jurídica más adecuada debe ser la de dejar sin efecto la dirección del procedimiento contra Cañete en esta causa, sin que ello impida que, en su caso, pueda ser oído en declaración de estimarse necesario para el esclarecimiento de los hechos", lo que "obviamente deberá hacerse en una condición que garantice que no se vea obligado a declarar en su contra en tanto sea definitivamente y en firme enjuiciado en el otro proceso".

El abogado de Cañete, Juan Carlos Alférez, ha destacado en declaraciones a Europa Press que el auto de la Audiencia, "al estimar nuestras tesis mediante una pulcra y medida técnica jurídica, supone de facto que nuestro cliente no podrá ser investigado ni procesado en ninguna de las piezas separadas" y solo será enjuiciado en el denominado procedimiento específico por el que se concedieron las ayudas investigadas.

A su juicio, "de consagrarse la misma tesis para el resto de altos cargos concedentes, lo cual es previsible pues los argumentos son transversales, podríamos estar ante un vuelco en el diseño conceptual del caso ERE, dado que ningún alto cargo sería procesado ni enjuiciado en ninguna de las piezas separadas".

"En la práctica, para nuestro cliente, el auto significará tener un solo proceso en lugar de decenas y decenas, algo que veníamos reclamando desde antaño por el monstruoso e innecesario calvario procesal que ello suponía", ha afirmado Juan Carlos Alférez.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento