Un juez declara nulo un modelo de Tous tras la demanda de la Asociación de Joyeros San Eloy

  • La presidenta de la entidad ha destacado que el juez ha determinado que "quien obraba indebidamente era la empresa Tous".
  • Es la primera vez que se demanda la firma catalana para solicitar la nulidad de sus diseños.
Imagen de Milagrosa Gómez, presidenta de la Asociación Provincial de Joyeros, Plateros y Relojeros de Córdoba San Eloy, y Magdalena Entrenas, abogada de la entidad.
Imagen de Milagrosa Gómez, presidenta de la Asociación Provincial de Joyeros, Plateros y Relojeros de Córdoba San Eloy, y Magdalena Entrenas, abogada de la entidad.
EUROPA PRESS
Imagen de Milagrosa Gómez, presidenta de la Asociación Provincial de Joyeros, Plateros y Relojeros de Córdoba San Eloy, y Magdalena Entrenas, abogada de la entidad.

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Barcelona ha declarado nulo el diseño de una joya en forma de corazón de la marca Tous a raíz de una demanda interpuesta por la Asociación Provincial de Joyeros, Plateros y Relojeros de Córdoba San Eloy. La sentencia, por otro lado, ha desestimado la petición de la entidad de anular el diseño de una margarita de cinco pétalos de la marca catalana al considerar que en este caso "sí existe novedad".

Este miércoles la Asociación de Joyeros San Eloy ha hecho públicos los datos de la resolución judicial en una rueda de prensa en Córdoba. En ella han participado la presidenta de la entidad, Milagrosa Gómez, y la abogada Magdalena Entrenas, que ha explicado que la demanda se puso en noviembre de 2015 y la sentencia se publicó el 19 de abril de este año. Entrenas recuerda que la sentencia "aún no es firme" porque hay la previsión de que la firma Tous la recurra.

Teniendo en cuenta lo que dice la resolución, el juez estima parcialmente la demanda de la Asociación de Joyeros San Eloy. En primer lugar, en el caso del corazón declara la nulidad "por falta de novedad", de manera que pide a la Oficina Española de Patentes y Marcas que cancele su inscripción, que realizó en el año 1995, y que se publique en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial.

En el caso de la margarita de cinco pétalos, el juez establece que "sí existe novedad" en el diseño.

Desde la defensa, la abogada de la Asociación de Joyeros San Eloy ha contado que "en Córdoba se fabrica mucho una margarita plana, con alguna perla o circonita en el centro", y en el caso de Tous, dicha margarita también es "plana" y "no como la que tienen registrada", que "es muy singular, con unas características determinadas" y con configuración "abombada".

A juicio de la abogada, "tener registrado un corazón y una margarita debería ser patrimonio de todo el mundo, no solo de la joyería cordobesa, ni tampoco de Tous". Al mismo tiempo ha destacado que dichos diseños se realizan en Córdoba desde hace décadas, aunque sin estar registrados, añadiendo que Tous registró la margarita sobre el año 2000.

La abogada de la Asociación de Joyeros San Eloy ha finalizado diciendo que esta "es la primera vez que se demanda a Tous para solicitar la nulidad de sus diseños".

"Obraban indebidamente"

Por su parte, la presidenta de la entidad ha destacado que el juez en este caso ha determinado que "quien obraba indebidamente era la empresa Tous" y considera que esta sentencia es "una herramienta" para "defender los intereses de los joyeros de Córdoba".

Asimismo, Milagrosa Gómez ha valorado que se legitimó a la asociación para presentar este tipo de demanda al ser la entidad "lo suficientemente representativa como para llevar a cabo este tipo de solicitud" contra la citada firma, después de que "había acusado de apropiación indebida de modelos".

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