El PP de Castilleja pide el expediente del pago municipal de unas costas del litigio de la incompatibilidad

  • El PP de Castilleja de la Cuesta (Sevilla) pedirá "el expediente completo" del pago de 1.452 euros acometido por el Consistorio alixeño ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número seis en concepto de costas judiciales, cuando según un decreto de dicha instancia el propio Ayuntamiento, junto a los grupos municipales del PP, independientes e IU, es "beneficiario" de tales costas, toda vez que las costas derivarían del litigio judicial por la incompatibilidad de la primer edil.

Recordemos que en Castilleja de la Cuesta, las elecciones municipales de mayo de 2015 se saldaron con una nueva victoria del PSOE, que con siete concejales de un total de 17 quedó lejos de la mayoría absoluta. En el bloque de la oposición se situaban el PP con cuatro concejales, Independientes de Castilleja con dos, Juntos por Castilleja con dos, Ciudadanos con uno e IU-CA con uno.

A tal efecto, en julio de 2015, antes de que el PSOE e Independientes de Castilleja formasen un gobierno de coalición gracias al cual los socialistas superaban su clara minoría, el Ayuntamiento celebró un pleno para someter a votación la declaración de incompatibilidad de la alcaldesa, Carmen Herrera, y de la concejal socialista María José Lobo, al ostentar en el propio Ayuntamiento puestos de empleada auxiliar administrativa y funcionaria interina, respectivamente.

Las ediles, así, debían optar entre uno u otro puesto para esclarecer su papel en el Consistorio, si bien en el caso de la alcaldesa se suma además su contratación como coordinadora territorial en la Diputación de Sevilla, extremo no exento de críticas por parte de la oposición.

El caso es que según denunciaron los concejales de Juntos Por Castilleja, aquella sesión plenaria estuvo marcada por la ausencia de la alcaldesa y "varios concejales de la oposición", ostentando la Presidencia del pleno la primera teniente de alcalde, Inmaculada Oliver (PSOE). La votación de las incompatibilidades, según estos concejales, se saldó con un "empate" tras el cual la primera teniente de alcalde, sin ser la regidora, "hizo uso del voto de calidad de la Alcaldía y el asunto resultó acordado a favor de la posición socialista" sobre las incompatibilidades.

Así, Juntos por Castilleja avisaba en un recurso de reposición a dicho acuerdo plenario, que la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local determina que el voto de calidad es "una competencia de la Alcaldía que es indelegable", por lo que "la nulidad del acuerdo plenario es evidente".

El 1 de septiembre de 2015, el pleno de Castilleja estimó el mencionado recurso de reposición de Juntos por Castilleja, al objeto de declarar nulo el acuerdo plenario previo relativo a las incompatibilidades, pues aún no mediaba el acuerdo de gobierno entre el PSOE y los independientes, y los socialistas estaban en minoría.

Y aunque la alcaldesa impugnó inicialmente por la vía Contencioso Administrativa y por vía de los derechos fundamentales este nuevo acuerdo plenario, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número seis declaró "inadmisible" el recurso de la alcaldesa, en octubre de 2015, al considerar que no era la vía adecuada. Aunque la alcaldesa recurrió dicha decisión del juzgado, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) desestimó en 2016 su recurso, al entender que no se había "vulnerado el derecho a la participación pública" de la primer edil.

SENTENCIAS FINALES

Tiempo después, a finales de 2016, primero el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número seis y después el número 12, resolvían en otro sentido las nuevas impugnaciones promovidas por el edil socialista Miguel Ángel Espinosa y de nuevo por la alcaldesa, respectivamente. Según la sentencia emitida el 29 de noviembre por el Juzgado de lo Contencioso número seis, "la teniente de alcalde puede hacer uso del voto de calidad, pues nos encontramos ante un caso de sustitución y la sustitución lo es en la totalidad de las funciones".

Dado el caso, ambas instancias, el 29 y el 30 de noviembre de 2016, estimaban sendos recursos y anulaban el acuerdo plenario de fecha 1 de septiembre de 2015, es decir la decisión de estimar el recurso de reposición de Juntos por Castilleja y anular el acuerdo inicial sobre las incompatibilidades.

Y mientras el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número seis no imponía costas ningunas en su sentencia, pero sí el número 12, media ahora un decreto emitido el pasado 17 de abril por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número seis, que desestimó el primer recurso de la alcaldesa pero admitió el segundo, que en un "procedimiento de impugnación de la tasación de costas", aprueba "definitivamente" unas costas de 1.452 euros, 363 a favor del Ayuntamiento como tal, 363 a favor del PP, 363 a favor de los independientes y 363 a favor de IU.

Además, señala este decreto recogido por Europa Press que "habiéndose consignado la suma de 1.452 euros por el Ayuntamiento, y siendo éste uno de los beneficiarios del cobro de las costas, devuélvase dicha suma a la Administración demandada".

La portavoz del PP en el Ayuntamiento de Castilleja de la Cuesta, Juana Rodríguez, ha manifestado al respecto, en declaraciones a Europa Press, que ante un litigio promovido por la alcaldesa "con su abogado" y a título particular, va a solicitar "el expediente completo" del pago de estas costas cuya devolución ordena el juzgado. Así, avisa de que llegado el caso, los populares pedirán "responsabilidades políticas", en el caso de que la documentación refleje que la alcaldesa ha intentado sufragar con fondos del Ayuntamiento unas costas que hipotéticamente le hubiesen sido impuestas a ella.

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