El Plan Infoex recuerda la prohibición de realizar quemas a partir de las 14,00 horas y en días de viento

  • El Plan Infoex ha recordado la prohibición de realizar quemas a partir de las 14,00 horas y ha aconsejado evitar el uso de fuego en días de viento.

Se trata de una medida preventiva, tras los incendios acaecidos en los últimos días, de manera que la Consejería de Medio Ambiente y Rural ha recomendado, a través del Infoex, que se evite el uso del fuego en campo, ya sea por las quemas de montones de restos vegetales, hogueras u otros.

Por este motivo, es responsabilidad de los interesados no iniciar o suspender los distintos usos y actividades con riesgo de incendio, especialmente por intensidad de viento, y consultar el riesgo de incendio forestal en Época de Peligro Bajo en la Agencia Estatal de Meteorología, debiendo aplazarse en caso de riesgo alto, muy alto o extremo, según ha indicado la Junta en nota de prensa.

Además, los permisos de quema de montones se prohíben durante esta época de peligro bajo de incendios forestales en el plan INFOEX que se use el fuego a partir de las 14,00 horas, y en todo caso, que se aplace para días sin viento, según establece la orden de 11 de octubre de 2016.

Dicha orden regula el uso del fuego y las medidas de prevención del plan de Prevención y lucha contra los Incendios Forestales en Extremadura (PREIFEX) para su aplicación durante dicha época.

A su vez, para esta época del año, esta orden establece la necesidad de autorización del servicio con competencias en incendios forestales para el uso del fuego, en las zonas fijas para barbacoas y hogueras, así como en áreas recreativas o de acampada, cuando permanezcan abiertas o en servicio.

También, en los terrenos forestales y su zona de influencia de 400 metros requerirán declaración responsable las quemas de restos de vegetación amontonados agrícolas o forestales, incluidas las piconeras.

NORMATIVA

De esta forma, es decisión y responsabilidad de la persona o entidad interesada en la actividad, aplazar o suspender este uso del fuego en caso de intenso viento u otro factor local que eleve el riesgo de incendios.

Igualmente, durante la época de peligro bajo están condicionados al cumplimiento de medidas y precauciones los usos del fuego y actividades que pueden causarlo, incluidos el uso de maquinaria, aperos y herramientas.

Además, las salidas de humos de chimeneas en campo contarán con matachispas u otros dispositivos que reduzcan o supriman la emisión de pavesas, y para el encendido de equipos de gas en campo los usuarios dispondrán medidas para evitar el riesgo de inflamación de la vegetación, ya sea por alcance o caída al suelo.

Asimismo, está prohibido encender fuego fuera de los supuestos expresamente previstos o autorizados con arreglo a la normativa de incendios forestales, así como arrojar o abandonar objetos en combustión o cualquier clase de material susceptible de originar un incendio forestal.

De este modo, con carácter general se prohíbe el uso del fuego en campo desde una hora antes de la puesta del sol hasta una hora antes de su salida, debiendo permanecer la noche sin llama visible.

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