Indemnizará a una paciente que dejó con tetraplejia en una inseminación

  • La paciente se sometió en el mes de abril de 2005 a un tratamiento de inseminación artificial para quedarse embarazada.
  • Le administró una hormona que le provocó las lesiones.
  • CONSULTA AQUÍ MÁS NOTICIAS DE ALICANTE

La sección octava de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a un ginecólogo a indemnizar a una paciente a la que le provocó tetraplejia tras someterse en el mes de abril de 2005 a un tratamiento de inseminación artificial para quedarse embarazada, según consta en una sentencia facilitada a los medios de comunicación por parte del Defensor del Paciente.

El total del pago lo deja diferido a un proceso posterior. Los hechos tuvieron lugar en 2005, cuando la paciente y su marido acudieron a su ginecólogo habitual, con una clínica ubicada en el municipio alicantino de Alcoi, ante la imposibilidad de que ésta se quedara embarazada.

El facultativo, tras realizar diferentes pruebas a ambos, concluyó que el marido era estéril, por lo que les propuso un tratamiento de inseminación artificial con semen de éste, "mejorado y capacitado". El 26 de abril de 2005 le prescribió tres viales --de una hormona-- que debía inyectarse a las 8.00 horas del día siguiente, iniciativa para la que la paciente no firmó ningún tipo de consentimiento obligatorio en estos casos.

Sobre las 20.00 horas del día 28, el ginecólogo le hizo a la mujer la inseminación intracervical al no ser posible la inseminación intrauterina y, al regresar ésta a su domicilio, sufrió un desvanecimiento seguido de la imposibilidad de movimiento en los brazos y las piernas.

Como consecuencia, le trasladaron al Hospital Virgen de los Lirios de Alcoi, donde le diagnosticaron un trastorno conversivo --caracterizado por cuadros físicos y neurológicos-- y le dieron el alta. Sin embargo, después de que sufriera la ausencia de micción durante un periodo de tiempo muy prolongado, fue llevada de nuevo al centro y le apreciaron tetraparesia. Para ser tratada, la llevaron a la Unidad de Lesiones Medulares del Hospital Universitari La Fe de Valencia, donde le diagnosticaron un síndrome centromedular cuya relación no descartaron con la inducción ovárica para la inseminación que se le practicó días atrás.

La sala, con todo, estima que "no puede descartarse" que el origen de la lesión medular esté provocado por la administración de una hormona para facilitar la inseminación artificial. Entre otros motivos, esgrime que el consumo de la hormona tiene como reacciones adversas poco frecuentes el síndrome de hiperestimulación ovárica leve, lo que puede provocar trastornos tromboembólicos o alteraciones hemodinámicas.

También estima que la declaración del facultativo vertida durante el juicio es "contradictoria" a las indicaciones que contiene la ficha técnica de la hormona que se le administró a la afectada y que explican, al contrario de lo dicho por el médico, que ésta puede provocar el síndrome de hiperestimulación ovárica.

No obstante, reconoce que la lesión medular-cervical que la paciente sufrió tras un atropello en 1994, que le causaba una alteración funcional y parestesias tras esfuerzos, contribuyó "decisivamente" en la situación que actualmente padece, ya que lo que se produjo "realmente" fue "un proceso agudo de naturaleza isquémica sobre territorio ya dañado". Además, alude a una infracción de la 'lex artis ad hoc' del facultativo por no obtener el consentimiento informado de la paciente.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento