La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Luciano Varela, rechaza el recurso que la Fiscalía interpuso contra la sentencia de la Sección Octava de la Audiencia de Cádiz reclamando que se ampliasen las penas de los condenados y que, en el caso del exalcalde incluían esos 22 meses de cárcel y 1.440 euros por los delitos de prevaricación con atenuante de dilación indebida, falsedad en documento mercantil y fraude a la Administración.
El fiscal había solicitado la ampliación de pena al considerar que no existió esa atenuante de dilación indebida que la Audiencia Provincial tuvo en cuenta para dictar las sentencias alegando que la notoria prueba documental y la "complejidad" del asunto alargaron la instrucción del proceso "pero no se dejaron de ordenar diligencias ni se paró el proceso".
Sin embargo, el Supremo, según ha adelantado el Diario de Jerez, ha dado la razón a la defensa del exalcalde, que argumentó que la atenuante aplicada responde a la realidad de este proceso, ya que los hechos se remontan a 2006, cuando el hermano mayor de la Hermandad del Rocío en Jerez, según la Fiscalía, remitió una carta al Ayuntamiento de Jerez, siendo Pacheco teniente de alcalde y delegado de Urbanismo, para pedir ayuda financiera para unas obras de mejora para la casa hermandad.
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