La Autoridad Vasca de la Competencia impone una sanción de 100.000 euros al Colegio de Abogados de Bizkaia

  • BILBAO, 22 (EUROPA PRESS)

La Agencia Vasca de la Competencia (AVC) ha impuesto una sanción de 100.000 euros al Colegio de Abogados de Bizkaia como consecuencia del sistema de organización de los servicios de asistencia jurídica gratuita, después de que una abogada solicitara el alta en el Turno de Oficio adscrito al Colegio de Abogados de Bizkaia, "al tiempo que se mantenía en el de Madrid", según ha informado el órgano colegiado.

La AVC obliga ahora a permitir la incorporación al Turno de oficio a todos los letrados del Estado que lo soliciten, mientras que el Colegio vizcaíno ha anunciado que ejercitará las acciones judiciales que le asisten en defensa de la actual organización del Turno de Oficio y Asistencia al Detenido.

En un comunicado, el Colegio de Abogados de Bizkaia ha recordado que la Autoridad Vasca de la Competencia incoó en septiembre de 2015 un Expediente Sancionador al Colegio de Abogados de Bizkaia (ICASV) como consecuencia del sistema de organización de los Servicios de Asistencia Jurídica Gratuita (Turno de Oficio y Asistencia al Detenido).

El expediente se inició por la denuncia de una abogada que solicitó el alta en el Turno de Oficio adscrito al Colegio de Abogados de Bizkaia, al tiempo que se mantenía en el de Madrid.

Por su parte, el Colegio, aplicando la normativa vigente que exige contar con despacho profesional principal o habitual en el ámbito territorial del mismo, acordó no aprobar la incorporación de la letrada al Turno de Oficio y Asistencia al Detenido.

Además, ha indicado que, durante la instrucción del expediente iniciado, el Colegio de Abogados de Bizkaia respondió "puntual y profusamente a cuantos requerimientos de información realizó la AVC".

No obstante, finalmente, con fecha de 21 de marzo de 2017, la Autoridad Vasca de la Competencia ha notificado al órgano colegiado la resolución aancionadora por la que le impone una sanción económica de 100.000 euros, por la supuesta realización de conductas prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia, además de la obligación de modificar la organización del Turno de Oficio y Asistencia al Detenido con la finalidad de permitir la

incorporación al mismo de todos los letrados de España que lo soliciten.

CERCANÍA TERRITORIAL

El Colegio de Abogados de Bizkaia entiende que el ciudadano debe tener garantizada la

asistencia de un letrado del turno de oficio con un despacho profesional cuya "cercanía territorial permita y facilite el máximo contacto personal y el ejercicio de la asistencia jurídica necesaria, con la máxima inmediatez y celeridad posible, además de una defensa jurídica desarrollada con todo el rigor debido".

Para ello, considera que es "indudablemente imprescindible la cercanía y proximidad territorial entre el despacho profesional del abogado y el justiciable".

"El Colegio, en varias ocasiones a lo largo del expediente sancionador ha presentado alegaciones profusas y detalladas en defensa de un régimen de organización de los Servicios de Asistencia Jurídica Gratuita que tiene como único objetivo la prestación de un servicio público de calidad y cercano a los ciudadanos carentes de recursos económicos, como garantía de su acceso al derecho de defensa y a la tutela judicial efectiva", ha añadido.

En este sentido, considera que la AVC, en su resolución "ha ignorado" que el Colegio se limita a cumplir lo preceptuado en la Orden Ministerial de 3 de junio de 1997, que establece el requisito de "contar con residencia habitual y despacho profesional en el ámbito territorial correspondiente", del mismo modo que "ha desatendido" el precedente de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que acordó que la organización territorial del Turno de Oficio "es adecuada y proporcional" al objetivo constitucional de garantizar el derecho de defensa de las personas sin recursos.

Por ello, asevera que "os responsables del Colegio de Abogados consideran que la resolución sancionadora es total y absolutamente injusta, por lo que procederán a ejercitar las acciones judiciales que les asisten en defensa de la actual organización del Turno de Oficio y Asistencia al Detenido y en beneficio de la tutela judicial efectiva de aquella parte más desfavorecida de la sociedad".

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