Condena a Vueling por no subir a una pasajera por el peso de su silla de ruedas

Azafato y azafata de Vueling.
Azafato y azafata de Vueling.
EUROPA PRESS/VUELING
Azafato y azafata de Vueling.

El Juzgado de lo Mercantil Número 2 de A Coruña ha condenado a la compañía aérea de bajo coste Vueling a indemnizar en 3.573,69 euros a Anxela López Leiceaga y a su asistente personal por la denegación de embarque, los gastos de transporte y alojamiento, los intereses legales y el daño moral adicional causado por la negativa de la compañía a autorizar la entrada al avión de los demandantes, poniendo como excusa que el peso de la silla de ruedas motorizada que utilizaba la pasajera y supuestas deficiencias en este aparato comprometían la seguridad del vuelo, según recoge El Correo gallego.

La denegación de entrada al avión ocasionó a los dos pasajeros una auténtica odisea: en vez de llegar a Santiago el 8 de septiembre de 2015, lo hicieron el 13 de ese mismo mes, tras tener que viajar con otra aerolínea desde Ámsterdam a la ciudad Condal, y completar en tren el resto del trayecto hasta Santiago, lo que les ocasionó molestias, más gastos y una gran pérdida de tiempo.

La misma silla, según López Leiceaga, había subido con ellos en la ida, realizada con Vueling entre Santiago y Ámsterdam el 3 de septiembre, sin que su peso hubiese representado ningún problema para la compañía. En cuanto a las supuestas deficiencias señaladas por Vueling, la dueña dice que se hicieron durante el transporte del aparato en la ida, aunque no se detectaron hasta el momento de preparación de la silla para la vuelta. La cobertura por parte de la aerolínea de los gastos de reparación, es el único apartado desestimado por la juez, ante la dificultad de probar que los daños se hubieran provocado durante el transporte, en la ida.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento