Según recoge el fallo del TSJA, al que ha tenido acceso Europa Press, los agricultores solicitan su revocación alegando la incompetencia de los decretos para regular los caudales del Guadalquivir y del Guadiana que afectan a la zona delimitada, por tratarse de cuencas intercomunitarias.
En el recurso solicitaban además la nulidad del decreto por el que se aprobó el Plan de Ordenación del Territorio del Ámbito de Doñana (Potad). Del mismo modo, los recurrentes alegaron la invasión de competencias que son propias del Estado, al regular los decretos materias que inciden en el dominio público hidráulico, las comunidades de usuarios, los recursos naturales, la conservación de espacios naturales, montes y transferencia de recursos hídricos intercuencas. Sin embargo el TSJA señala que "no hay una impugnación concreta de preceptos que invadan las competencias del Estado señaladas".
A su vez, alegaban como causa de nulidad el hecho de haber omitido como trámite preceptivo la audiencia al Patronato del Parque de Doñana, no obstante el TSJA recuerda que fue objeto de informe favorable por el Consejo de Participación del Espacio Natural de Doñana el 11 de abril del 2014.
Las alegaciones referentes a la vulneración de la autonomía local y a la vulneración del derecho privado también son rechazadas, pues el alto tribunal andaluz señala que los decretos no afectan a la concreta gestión del patrimonio local ni lesionan el derecho dominical del titular de las parcelas.
Comentarios
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios