seis años y 3 meses de cárcel y a una multa de 512.553 euros.
En la providencia, se explica que se inadmite a trámite la pretensión aclaratoria postulada por la Abogacía del Estado y por la defensa Urdangarin, ambas concernidas a circunstancias relacionadas con cuestiones de fondo acerca de la determinación cuota tributaria e IVA.
Según explican en este documento emitido este lunes, las magistradas de Nóos consideran que estas pretensiones "exceden a las facultades aclaratorias" contenidas en los artículos 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y 161 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim).
Asimismo, se inadmiten las pretensiones aclaratorias detalladas por la defensa de Urdangarin relacionadas con la redacción de la sentencia, salvo la relativa al folio 281 y donde dice: "Juan Carlos Molinero", debe decir, "Juan Pablo Molinero".
Cabe destacar que contra esta decisión, firmada por la presidenta del tribunal, Samantha Romero, no cabe recurso alguno.
Comentarios
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios