Todas ellas implicaron a sus portadores un denuncia por infracción grave a la Ley de Seguridad Ciudadana 4/2015, con intervención del objeto o arma mediante acta y apertura de expediente sancionador con una cuantía a partir de 601 euros.
En un comunicado, la Policía Foral ha señalado que objetos no prohibidos pueden convertirse en prohibidos si se portan en zonas de ocio o afluencia pública: por ejemplo, exhibir unas tijeras con fin intimidatorio pasa a convertirse en una infracción a la ley, actuándose con multa y decomiso. De la misma forma intervienen los policías forales con objetos aparentemente no peligrosos, como puede ser un casco de moto o un candado tipo 'pitón', si se utilizan para amenazar.
El Reglamento de Armas prohíbe la tenencia y uso de armas consideradas prohibidas como bastones o estoques, puñales, navajas automáticas, defensas de alambre o plomo, llaves de pugilato, tonfas, tiragomas perfeccionados, nunchacos, xiriquetes y sprays de defensa personal capaces de proyectar sustancias tóxicas o corrosivas (a excepción de los homologados por el Ministerio de Sanidad y Consumo y a la venta para mayores de edad en lugares autorizados). Se consideran instrumentos especialmente peligrosos para la vida e integridad física de las personas.
También está prohibida la tenencia, salvo en domicilio y como objeto de adorno o coleccionismo, de imitaciones de armas de fuego cortas que por sus características puedan inducir a la confusión. Queda a criterio del policía apreciar si el portador de ciertas armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según las circunstancias, por razones de seguridad.
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