Tribunales.- Condenado a dos años y medio un empresario por la muerte de una trabajadora que recogía naranjas

  • SEVILLA, 16 (EUROPA PRESS)

El juez de lo Penal número 1 de Sevilla ha condenado a dos años y medio de cárcel a un empresario acusado por la muerte el día 10 de febrero de 2011 de una trabajadora que se cayó de una escalera cuando recogía naranjas en los árboles de la calle Azucena de la capital hispalense.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el juez condena a P.R.L. a dos años y medio de prisión y a cuatro años y seis meses de inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier profesión u oficio de carácter agrícola por un delito contra los derechos de los trabajadores en concurso con un delito de homicidio imprudente y otro de lesiones imprudentes.

Asimismo, condena al acusado, y de manera subsidiaria al Ayuntamiento, a indemnizar a las dos hijas de la fallecida con un total de 174.881 euros.

De igual modo, le absuelve de otro delito contra los derechos de los trabajadores a cuenta de las heridas sufridas por un segundo trabajador, ya que este operario no pudo ser localizado y no compareció en la vista oral, por lo que su abogado renunció a ejercer la acusación particular en su nombre.

El juez considera probado que fue el 16 de diciembre de 2010 cuando el Ayuntamiento concedió al encausado una licencia por la que le autorizaba para la recogida y aprovechamiento del fruto de los naranjos de la vía pública del distrito Triana-Los Remedios.

Para la efectividad de dicha licencia, y tal como se exigía por el acuerdo de concesión, el imputado depositó el 22 de diciembre de 2010 una fianza de 1.800 euros y concertó un seguro de responsabilidad civil general con Mapfre para responder de daños a terceros y en bienes municipales.

En el expediente del Ayuntamiento de Sevilla tramitado para la concesión de dicha licencia, constaba un pliego de condiciones técnicas de recogidas de naranjas amargas en el que se recogían las medidas materiales y auxiliares, el procedimiento de recogida y coordinación con el Servicio de Parques y Jardines, las condiciones respecto a la seguridad, la revocación de la autorización, y las garantías y seguros.

"CONOCIMIENTO Y CONSENTIMIENTO" DEL AYUNTAMIENTO

Una vez que el acusado comenzó la recogida de las naranjas, y en cumplimiento de dichas condiciones, debía comunicar cada día al Ayuntamiento la actividad realizada y la que se iba a realizar el día siguiente, de manera que, para verificar que se habían cumplido por el mismo las condiciones establecidas de recoger de todos los frutos de cada árbol, de no haber producido daños en los naranjos y de dejar

limpia la calle, cada día iban dos trabajadoras del Ayuntamiento a verificar dicho cumplimiento.

La licencia concedida al investigado tenía como plazo de vigencia hasta el 30 de enero de 2011, no constando que llegado ese día se acordara la prórroga de la misma o la concesión de una nueva licencia, pero a pesar de ello, y desde el 1 de febrero de 2011, el acusado "continuó con la recogida de las naranjas, sin tener ya licencia para ello, con el conocimiento y consentimiento del Ayuntamiento, el cual también continuó verificando el cumplimiento de las condiciones de la recogida".

Dos días antes del 10 de febrero de 2011, el imputado contrató a la posteriormente fallecida para que recogiera naranjas, y el mismo 10 de febrero de 2011 contrató a otro trabajador también para dicha recogida.

NOS LES DIO DE ALTA EN LA SEGURIDAD SOCIAL

El encausado "no conocía con anterioridad" a ninguno de los dos trabajadores, mientras que el contrato se realizó de manera "meramente verbal, en la misma vía pública, concretando únicamente que la remuneración sería de un euro por cada saco de naranjas que recogieran", todo ello sin que el acusado les diera de alta en la Seguridad Social.

Al contratarlos, el imputado "se limitó a decirles que tenían que recoger las naranjas de los árboles subiendo a una escalera que él mismo les facilitó, que tenían que ir metiendo las naranjas en un chaleco de tela con aberturas laterales que también les facilitó para que se lo pusieran, y que luego tenían que bajar y meter las naranjas en un saco, hasta llenar el mismo, y así sucesivamente".

Sobre las 14,00 horas del día 10 de febrero de 2011, y encontrándose en la calle Azucena, la trabajadora se encontraba subida a una de las escaleras cogiendo naranjas cuando, tras perder el equilibrio, se cayó de espaldas, golpeándose la cabeza y el cuerpo contra el suelo y quedando inconsciente, siendo trasladada en ambulancia al Hospital Virgen del Rocío.

Dos horas después, sobre las 16,00 horas y en la calle Esperanza de Triana, el otro trabajador contratado se encontraba subido a una de las escaleras cogiendo naranjas cuando, tras perder el equilibrio, se cayó, golpeándose y fracturándose la muñeca, siendo trasladado en ambulancia al mismo centro hospitalario, donde estuvo ingresado dos días.

De su lado, la trabajadora sufrió lesiones consistentes en traumatismo cranoencefálico grave con hematomas y hemorragias internas, y fractura de la base del cráneo, así como diversos traumatismos facial, torácico, abdominal y raquídeo, de manera que estuvo ingresada en el hospital hasta el 29 de abril de 2011, día en que falleció como consecuencia de las lesiones sufridas.

LA FISCALÍA PIDIÓ TRES AÑOS Y MEDIO DE CÁRCEL

A juicio del juez, el fallecimiento de esta mujer "fue una consecuencia directa del funcionamiento del servicio público de recogida de naranjas que es competencia del Ayuntamiento".

En el juicio celebrado el pasado mes de diciembre de 2016, la Fiscalía de Sevilla mantuvo su petición de tres años y medio de cárcel para el empresario por un delito contra los derechos de los trabajadores en concurso con otros de lesiones y de homicidio por imprudencia.

De su lado, la acusación popular que ejerce el sindicato CCOO reclamó para el imputado ocho años y medio de cárcel, mientras que el abogado del empresario solicitó su libre absolución y planteó en su informe final la posibilidad de que la condena se quedara en falta y se declarase responsable al Consistorio hispalense.

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