La fiscal acusa a siete de los nueve imputados por el escrache a Diego y pide un año de cárcel para uno de ellos

  • SANTANDER, 11 (EUROPA PRESS)

El Ministerio fiscal ha dejado fuera de su acusación a dos de los imputados inicialmente por el escrache en febrero de 2014 al entonces presidente de Cantabria, Ignacio Diego, durante un acto en la Universidad de Cantabria (UC), mientras que pide un año de cárcel y sanción económica para otro de ellos y multas económicas para los otros seis.

La fiscal no ha incluido en su escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, la calificación más grave que inicialmente planteaba durante la instrucción, que era la de atentado agravado para tres de los imputados por el "supuesto acometimiento sufrido por Diego" por parte de estas personal.

A juicio de la fiscal, los siete acusados son autores de un delito de coacciones, por los que pide para cada uno de ellos una multa de 4.200 euros, y de una falta contra el orden público por falta de respeto y consideración a la Autoridad, por la que el Ministerio Fiscal pide una multa de 200 euros para cada uno de ellos.

Y a uno de ellos le considera, además, autor de un delito de daños, por propinar "intencionadas patadas" al turismo de renting en el que se subió Ignacio Diego a la salida del acto.

Por este delito, es por el que pide un año de cárcel y una multa de 3.600 euros, además de solicitar que éste indemnice con casi 740 euros a la empresa propietaria del vehículo.

El fiscal solicitó la apertura del juicio oral contra los siete acusados por esta causa y así ha sido acordada por el juez instructor Luis Enrique García Delgado en un auto de 8 de febrero.

EL JUEZ INSTRUCTOR, DE ACUERDO CON QUE NO SE ACUSE DE ATENTADO AGRAVADO

Se decreta la apertura de juicio oral por un delito de coacciones para cada uno de los siete acusados, además de por un delito de daños para el joven para el que la Fiscalía pide el año de cárcel, y por falta de orden público contra tres de ellos.

Además, en dicho auto de apertura de juicio oral, consultado por esta agencia, se llama la atención sobre la falta de inclusión por parte del Ministerio Fiscal de la calificación de atentado agravado para tres de los imputados, que era la más grave que inicialmente planteaba durante la instrucción.

En su auto, el juez instructor ha señalado que "solo puede mostrar su conformidad por la ausencia de pretensión punitiva" respecto a esto ya que, a su juicio, "no cabe duda de que del visionado del vídeo aportado por la defensa tras el dictado del auto de continuación por los trámites del procedimiento abreviado se constata la inexistencia de tal hecho".

"En ninguno de los dos vídeos aportados consta, no ya que hubiera sido acometido el presidente sino que siquiera hubiera tiempo material para hacerlo", señala el instructor.

En relación a ello, este juez señala que, según uno de los vídeos, entre la salida de Diego de la Universidad en medio de un cúmulo de personas concentradas protestando y el abandono del turismo del presidente "median escasos doce segundos".

Y en el otro vídeo, apunta a que se ve a Diego "metiéndose tranquilamente en el cocje tras formar los agentes que formaban parte del servicio de seguridad un cordón para posibilitarlo". Así, llama la atención que los "forcejeos" que se ven posteriormente son "exclusivamente entre el personal de seguridad, que trata de salvaguardar la salid del presidente, y los congregados, que pretenden saltar dicho cordón y bloquear la salida del turismo, colocando una pancarta en el capó y el cristal del mismo".

Por todo ello, considera que procedería acordar el sobreseimiento libre del hecho por "falta de todo indicio de haberse perpetrado el mismo".

Respecto a los vídeos, el juez señala que los dos vídeos aportados por la defensa, "aparte de permitir muy dificultosamente la apreciación del resto de hechos que constituyen la acusación -tanto por su calidad como por el lugar donde fueron filmados- reflejan "instantes o momentos parciales de una realidad espacial localizada", algo que ya había señalado la Audiencia.

Como ejemplo, el instructor considera que, respecto al delito más grave, que se imputa por parte del fiscal a uno de los acusados, que es el de daños, en los vídeos "es imposible" verlo. En cambio, sí cree que "se ve perfectamente" como este joven tuvo que ser "separado del turismo" y señala como "incuestionable" la realidad de los desperfectos en el vehículo, documentados mediante factura.

Por otra parte, que sobre las afrentas a Diego, en el interior del recinto de la Universidad, no fueron captadas por la cámara.

Y sobre el delito de coacciones del que, según el fiscal, considera autores a los siete acusados, el instructor señala que "no cabe duda de tras ver los vídeos de que la finalidad" de éstos era "la de impedir por la fuerza" que el presidente abandonara el lugar.

"Con un perfecto reparto de papeles, unos cercan el coche y otros colocan la pancarta encima del mismo", señala el instructor que, sin embargo, apunta a que "la duda está, tras examinar las imágenes y su escaso tiempo de duración, en determinar si los hechos constituyen un delito o una antigua falta de coacciones".

El juez instructor considera que, teniendo en cuenta el ámbito donde se produce, la Universidad pública -que efectivamente es de todos y para todos, incluso para que los presidentes de la comunidad y los políticos que no nos gustan puedan expresarse y abandonar libremente la misma-, la coordinación entre todos ellos y los indicios de planificación previa", es "justificada por ahora" la acusación de este delito de coacciones por parte de la fiscal.

En el auto, contra el que no cabe recurso, se designa en este auto como órgano competente para el conocimiento y fallo de la presente causa al Juzgado de lo Penal de Santander que por turno corresponda y se da a la representación legal de los acusados un plazo de diez días para presentar su escrito de defensa.

VALORACIÓN DE LA ASAMBLEA #PREGUNTARNOESDELITO

Tras conocer el escrito del fiscal y el auto de apertura de juicio oral, fuentes de la Asamblea #PreguntarNoEsDelito, que integra a los imputados en esta causa, han opinado, en declaraciones a Europa Press, que "mantener la acusación tras ver los vídeos sólo puede ser para salvar la cara del presidente y los policías tras el montaje de los 42 años" (42 años sumaban las penas que se imputaba a los implicados en el escrache en el auto original, antes de que la defensa presentara los dos vídeos sobre lo acontecido).

Y es que desde la Asamblea se sigue reclamando la absolución de todos los imputados ya que, según dice, "no hay delito alguno en protestar pacíficamente".

"La gente al ver los vídeos nos dice que deberían pedirnos perdón, pero lejos de ello, continúan persiguiéndonos", ha censurado.

La Asamblea #PreguntarNoEsDelito tiene previsto reunirse la próxima semana para proceder ya a una valoración más profunda.

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