Una juez de Alicante suspende cautelarmente el cambio de nombre de calles franquistas y ordena reponer placas retiradas

  • ALICANTE, 12 (EUROPA PRESS)
Una de las calles de Alicante afectada por el cambio de nombre
Una de las calles de Alicante afectada por el cambio de nombre
EUROPA PRESS
Una de las calles de Alicante afectada por el cambio de nombre

La titular del juzgado de lo contencioso-administrativo número cuatro de Alicante ha accedido a la medida cautelar propuesta por el grupo municipal del PP en el Ayuntamiento contra la decisión de la junta de gobierno local de cambiar de nombre a las calles con denominaciones franquistas, una medida que ha decidido suspender y sobre la que ha ordenado reponer las placas ya retiradas.

De esta forma ha atendido el recurso presentado por el PP el pasado 7 de diciembre contra el acuerdo de la junta de gobierno que decidió ese cambio en el nombre de las calles. Así lo recoge el auto del juzgado, de fecha de este mismo jueves, dado a concoer por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

La jueza ordena la paralización del cambio de placas de rotulación de las vías públicas "en aquellas en las que materialmente no se hubiera producido", el restablecimiento "a la mayor brevedad posible" de las placas primitivas en las que se haya hecho y la retirada de las que ya se hubieran colocado.

Además, ordena la paralización de todos los trámites administrativos iniciados en orden al cambio de denominación de las vías afectadas así como el libramiento de las comunicaciones oportunas a las personas, entidades, organismos afectados y a los jefes de distintos ámbitos y unidades administrativas municipales, para hacerles saber que este acto administrativo se encuentra suspendido y, por lo tanto, no puede desplegar sus efectos.

SIN RAZONES "DE URGENCIA"

En el auto se indica que el Ayuntamiento de Alicante pese a tener conocimiento no solo del recurso sino además de la apertura de la correspondiente pieza de medida cautelar procedió "de manera precipitada e inmotivada, dado que no concurrían razones de urgencia" a la realización del acto administrativo impugnado.

La jueza cita como jurisprudencia el auto del Tribunal Supremo de 2 de marzo de 2016 y concluye que la administración, por tanto, no puede ejecutar un acto administrativo que ha sido recurrido por el interesado y sobre el que se ha solicitado la adopción de medidas cautelares.

A ello añade que en aplicación de la doctrina es "evidente" que la administración, al haber ejecutado el acto administrativo pese a conocer la tramitación de la medida cautelar, "hurtó tal competencia al órgano judicial" en los términos empleados por el Tribunal Supremo.

El equipo de gobierno de Alicante anunció el pasado mes de julio su intención de cambiar los nombres de calles relacionadas con la Guerra Civil y el régimen franquista en la ciudad a partir de los meses de septiembre y octubre, en aplicación de la Ley de Memoria Histórica.

A mediados de diciembre, el consistorio puso en marcha la medida de cambio de la primera de las 46 calles franquistas de la ciudad, de manera que la avenida Adolfo Muñoz Alonso, en el barrio de San Blas, pasó a ser de las '27 Constituyentes'.

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