Absuelto el tesorero de una mercantil de Tordesillas acusado de una estafa por valor de 478.000 euros

  • La Audiencia de Valladolid ha dictado sentencia absolutoria en el caso del que fuera director financiero y tesorero de la ya desaparecida Hicusa Pckaging, S.A, con sede en Tordesillas y dedicada a la fabricación de envases de plástico, Mario de la R.B, que había sido acusado de un delito continuado de estafa por importe de 478.000 euros, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

En concreto, el fiscal y la acusación particular sostenían que el acusado desplegó un comportamiento engañoso y fraudulento consistente en que, sin el conocimiento ni consentimiento del resto de los socios de la empresa Hicusa Packagin, llevó a cabo la ampliación de la línea de crédito con Caja Burgos, tras lo cual procedió a descontar recibos ficticios para procurarse un beneficio económico propio, con lo que consiguió así apoderarse de un total de 478.143,31 euros.

En el juicio, el ahora absuelto alegó que él se limitaba a "dar a la tecla" del ordenador autorizando con su clave el envío de esas facturas, en referencia a que, según sostuvo, ni siquiera comprobó la veracidad de las mismas por importe de 478.000 euros que le pasaba el departamento de administración y que fueron enviadas a la entidad entre octubre de 2008 y febrero de 2009 para que ésta fuera descontando el importe del crédito concedido.

"Para eso estaban contabilidad y ventas", precisó el extesorero, quien explicó igualmente que fueron los dueños de la mercantil los que en 2008 acordaron ampliar de 250.000 a 500.000 euros la póliza de cesión de créditos que Hicusa había concertado con la entonces Caja de Ahorros de Burgos, posteriormente Caixa Bank, y en la que la empresa iba descontando las facturas falsas, hasta que las mismas fueron devueltas por impago y el banco acordó finalmente cerrar la referida línea.

Pese a ello, el fiscal y la acusación particular, en representación de Caixa Bank, solicitaban cuatro y tres años de prisión, respectivamente, por delito continuado de estafa, frente a la absolución interesada por la defensa, petición finalmente estimada por el tribunal.

En su fallo, la Audiencia Provincial se muestra concluyente al advertir de que el procesado no actuó, contrariamente a lo que sostienen las acusaciones, sin el conocimiento ni consentimiento de los socios y en su propio beneficio sino por orden de la Administración de la empresa y tras constatar que no ha quedado acreditado que hubiera incorporado a su patrimonio el dinero obtenido con los descuentos bancarios.

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