El TSCyL ratifica el encarcelamiento de Raquel Gago por su implicación en el asesinato de Carrasco

  • El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha rechazado de forma definitiva el recurso que el letrado de la agente de la Policía Municipal Raquel Gago, condenada a un total de 14 años por el Tribunal Supremo por el asesinato de la presidenta de la Diputación de León, Isabel Carrasco, en mayo de 2014, interpuso reclamando la libertad provisional de su patrocinada.

El auto de la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL viene a refrendar una providencia anterior, dictada el pasado día 19 de diciembre, de idéntico tenor, y desestima así el recurso de reforma que había sido tramitado como de súplica y contra el que, según precisa el Alto Tribunal castellanoleonés, es ya inapelable.

En su recurso, el letrado Fermín Guerrero alegaba que la resolución impugnada no precisaba fecha para el ingreso en prisión de Gago, lo que vulneraba el derecho fundamental a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en los términos que previene el artículo 24 de la Constitución. Tal vulneración vendría determinada por la no concesión de un plazo que le permita presentar la solicitud de indulto e interesar la suspensión de la condena durante su tramitación.

Sin embargo, el TSJCyL recuerda al letrado que el artículo 990 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que corresponde al juez o tribunal encargado de ejecutar la sentencia adoptar sin dilación las medidas necesarias para que el condenado ingrese en el establecimiento penal destinado al efecto, a cuyo fin requerirá el auxilio de las autoridades administrativas, que deberán prestárselo sin excusa ni pretexto alguno.

El artículo 511 de la propia Ley de Enjuiciamiento Criminal detalla la forma concreta de llevar a efecto lo anterior, expresando que se librarán dos mandamientos, uno a la Policía Judicial y otro al Director del establecimiento que deba recibir al preso.

En atención a lo expuesto, siendo ponente el magistrado Antonio César Balmori Heredero, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León acuerda desestimar el recurso de súplica interpuesto contra la providencia dictada el pasado día 19 de diciembre, manteniendo en sus propios términos la resolución recurrida.

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