El Supremo declara la legalidad de las tasas de residuos del Cabildo de Gran Canaria en 2013

  • El Tribunal Supremo ha declarado la legalidad de las tasas de residuos establecidas por el Cabildo de Gran Canaria para 2013 y denunciadas por el Ayuntamiento capitalino, que reclamaba en torno a 6 millones de euros, según ha informado este viernes el Cabildo de Tenerife en un comunicado.

Este pronunciamiento se refiere a las tasas que estuvieron vigentes solo en 2013, "sin embargo confiere seguridad jurídica a todo el procedimiento iniciado para el tratamiento de los residuos que ha concluido con la conversión de los dos vertederos del Salto del Negro y Juan Grande en los Ecoparques del Norte y del Sur, incluida la tasa que entra en vigor en 2017", ha subrayado el presidente de Gran Canaria, Antonio Morales.

De los seis millones de euros que reclamaba la capital, "era previsible la adhesión del resto de los municipios grancanarios, lo que suponía otros siete millones de euros, más de 14 millones solo con respecto a 2013", ha añadido por su parte

el consejero de Medio Ambiente, Juan Manuel Brito.

Tanto el presidente como el consejero han celebrado este pronunciamiento que "permite avanzar con firmeza en la política de tratamiento de residuos para lograr que en 2020 la mitad tenga un segundo uso".

Así, por unanimidad de la Sección Segunda de lo Contencioso Administrativo, subraya el letrado insular responsable del caso, Carlos Trujillo, el Tribunal Supremo anula así la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 2015 -de la Sección Primera de lo Contencioso Administrativo, cuyo ponente fue José Francisco Gómez Cáceres-, y a la que le atribuye un "total caso omiso" a los argumentos insulares, que ni siquiera fueron tenidos en cuenta.

La tasa fue aprobada en pleno insular a finales de 2012 y, tras el periodo de información pública, entró en vigor para 2013, una decisión que fue recurrida por el Ayuntamiento capitalino porque consideraba que la tasa debía ser menor.

Consideraba que incluía amortización de inversiones, entre otros supuestos defectos, abriendo así un proceso en el que también se personó el Ayuntamiento de Mogán por considerarse afectado.

A raíz de esta reclamación, el TSJC anuló el acuerdo plenario y determinó que la cuantía vigente de 12,8 euros por tonelada de 2013 era superior a lo que correspondía y fijó una de 10,05 euros, lo que derivó en una reclamación municipal para que el Cabildo le ingresara lo cobrado de más, si bien a aquella decisión del Tribunal canario le cabía recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que dictó su sentencia este miércoles.

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