Tribunales.- Condenado a seis años de prisión por violar a una mujer en el portal de su casa, en Torredonjimeno

  • La Sección Tercera de la Audiencia de Jaén ha condenado a seis años de prisión a G.H., de 36 años, por un delito de agresión sexual después de violar a una mujer en el interior del portal de su casa en Torredonjimeno (Jaén), en marzo de 2015.
El acusado durante el juicio
El acusado durante el juicio
EUROPA PRESS
El acusado durante el juicio

La sentencia a la que ha accedido Europa Press, le condena también a diez años de prohibición de acercarse y comunicarse con la víctima, así como a ocho años de libertad vigilada. En concepto de responsabilidad civil, el fallo recoge que G.H. deberá indemnizar a la víctima en 4.500 euros.

El tribunal considera que "el testimonio de la víctima es sincero y veraz" por lo que procede a condenar al acusado como autor de un delito de agresión sexual, en la modalidad de violación. Así, la sentencia recoge que hubo "un claro ataque a la libertad e indemnidad sexual de la víctima, un uso de violencia física y un evidente ánimo libidinoso de satisfacer su torpe deseo sexual, por encima de cualquier negativa o resistencia".

Continúa diciendo la sentencia, que G.H. impuso a la víctima "una relación no consentida, forzada y desde luego no deseada", a lo que la víctima "opuso la resistencia que sus posibilidades y circunstancias permitían".

El tribunal absuelve al acusado del delito de amenazas porque aunque al acabar dijo a la víctima que le cortaría el cuello si denunciaba lo ocurrido, entienden los magistrados que ello "forma parte de la violencia o intimidación cosustancial al delito de agresión sexual" por el que es condenado.

La condena se produce después de que G.H. durante el juicio negara los cargos y afirmara que la noche en la que ocurrieron los hechos, él se limitó a acompañar a la víctima hasta el portal porque la mujer, según su versión, se encontraba en estado ebrio y así se lo pidió ella.

"La acompañé, pero no tuve relaciones con ella", dijo el acusado. Ante el hecho de que en la ropa de la víctima aparecieran restos biológicos del acusado, G.H. señaló que la mujer llevaba ropa que anteriormente había sido de su exmujer y que por eso podía contener sus restos biológicos, extremo que ahora rechaza el tribunal en su sentencia.

Por su parte, la víctima, que declaró protegida por un biombo, se mantuvo su versión y dijo que en la noche del 2 de marzo de 2015 fue sorprendida por el acusado en el portal y que la agredió sexualmente y que luego la amenazó de muerte si contaba algo. Reconoció que conocía con anterioridad al acusado y que no tenía relación de ningún tipo con él.

Añadió que intentó denunciar lo ocurrido esa misma noche, pero que no lo hizo porque cuando llegó al cuartel de la Guardia Civil ya estaba cerrado. Permaneció un día en la cama como consecuencia de las heridas que le provocó la supuesta agresión y finalmente acudió al médico cuando una pareja de amigos le recomendó que fuera a recibir atención sanitaria. A partir de ahí, se produjo la denuncia y la detención del acusado que pasó varios meses en prisión preventiva por esta causa.

Los forenses confirmaron ante el tribunal que la mujer presentaba lesiones compatibles con una agresión sexual y con el relato que hacía la propia víctima.

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