Abogada de Resurrección Galera solicitará el cumplimiento de la sentencia del TS y la readmisión de la docente

  • La abogada de Resurrección Galera, Amalia Gómez, tiene previsto presentar en unas semanas un escrito al Juzgado que instruye la causa de su defendida para que se dé cumplimiento a la última sentencia dictada por el Tribunal Supremo (TS) que considera nulo el despido de la profesora de religión y solicitará, por tanto, su readmisión.

Así lo ha trasladado a Europa Press la letrada, que aún debe aguardar a recibir los autos judiciales del TS para poder redactar su escrito ya que no ve probable que "ni el Obispado de Almería ni el Ministerio de Educación vayan a comunicar que van a cumplir la sentencia" y, por extensión, que Galera regrese a su puesto de trabajo en el colegio Ferrer Guardia de Los Llanos de la Cañada, en la capital.

"Volveré al incidente y pediré al juez que requiera a las partes para que den cumplimiento de la sentencia y la readmitan", ha reiterado Gómez.

El Tribunal Supremo, tal y como se conoció la pasada semana, ha considerado despido nulo la falta de llamamiento para el curso escolar 2012-2013 de Galera, que en el año 2000 se casó por la vía civil con un hombre divorciado, ya que entiende que se produjo violación de derechos fundamentales y que se trata de una acción entendida como una represalia a un pleito judicial emprendido por la docente hace ahora quince años.

La Sala de lo Social estima el recurso presentado por la mujer y condena a los demandados -el Ministerio de Educación, la Consejería de Educación andaluza y el Obispado de Almería- a readmitirla y pagarle los salarios de tramitación que se devenguen hasta que se produzca la readmisión.

El alto tribunal destaca que vuelve a producirse una vulneración de sus derechos fundamentales con "la exclusión de la lista del personal a contratar", porque, "tras once años pleiteando por el despido (...), despido declarado, finalmente, nulo por violación de derechos fundamentales, cuando llega el momento de reanudar el contrato indefinido a tiempo parcial existente se niega esa reanudación sin motivar", sentencia.

En concreto hace referencia al pleito que emprendió la profesora por su exclusión para el curso 2001-2002, tras casarse en el año 2000 con un hombre divorciado. Como recuerda el alto tribunal en su sentencia, de la que es ponente el magistrado José Manuel López García de la Serrana, se le concedió su amparo en 2011 y se declaró nulo.

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