El TSJC rechaza definitivamente juzgar a Mas por malversación por el 9-N

  • El auto recuerda que para que existiese este delito tendrían que haberse empleado fondos públicos para "usos particulares".
  • La Fiscalía ya se había opuesto a juzgar a Mas, Ortega y Rigau por malversación pero sí solicitó hacerlo por desobediencia y prevaricación.
Exconsellera Irene Rigau, expresidente Artur Mas, exvicepresidenta Joana Ortega
Exconsellera Irene Rigau, expresidente Artur Mas, exvicepresidenta Joana Ortega
EUROPA PRESS
Exconsellera Irene Rigau, expresidente Artur Mas, exvicepresidenta Joana Ortega

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rechazado definitivamente juzgar al expresidente de la Generalitat Artur Mas por un delito de malversación, el único que podría acarrear penas de cárcel, por la consulta del 9-N, por lo que se sentará en el banquillo por desobediencia y prevaricación.

En un auto, contra el que no cabe recurso ordinario alguno, la sala civil y penal del alto tribunal catalán ha rechazado el recurso de la acusación popular, liderada por el Sindicado Profesional de la Policía, que pedía que se juzgara a Mas y a las exconselleras Joana Ortega e Irene Rigau también por un delito de malversación, el único de los tres que conllevaría penas de cárcel. Recuerda que para que existiese este delito tendrían que haberse empleado fondos públicos para "usos particulares", bien del supuesto malversador bien de un tercero.

La Fiscalía ya se había opuesto a juzgar a Mas, Ortega y Rigau por malversación pero sí solicitó hacerlo por desobediencia y prevaricación, una cuestión que es relevante ya que la malversación es el único de los tres delitos que podría acarrear penas de prisión.

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