El TSJA reconoce el derecho de un guardia civil a trabajar solo de mañana para cuidar a sus hijos

  • Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
  • El agente había pedido reducción de jornada y trabajar por las mañanas, pues su esposa es autónoma sin horarios fijos.
  • Sus superiores le redujeron la jornada en una hora, pero sin garantizar el turno.
  • El Congreso aprueba crear un banco de horas para la conciliación.
Agente de la Guardia Civil, en el dispositivo de la campaña fresera.
Agente de la Guardia Civil, en el dispositivo de la campaña fresera.
EUROPA PRESS / GUARDIA CIVIL
Agente de la Guardia Civil, en el dispositivo de la campaña fresera.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía le ha dado la razón a un guardia civil que pedía reducción de jornada y trabajar solo en turno de mañana. El agente adujo que su esposa era autónoma sin horarios fijos y lo necesitaba para cuidar a sus hijos.

Según informa El Confidencial, el guardia civil destinado en Cádiz pidió la reducción horaria en 2011 a su Comandancia. Pidió limitar sus horarios de 7.30 a 14.30 horas.

Sus superiores le redujeron la jornada en una hora diaria, pero el horario quedaba superditado a "las necesidades del servicio". Le argumentaron que asignarlo solo a las mañanas supondría un "agravio" al resto de sus compañeros. En la unidad trabajan 40 agentes.

El agente apeló la decisión al general jefe de Andalucía, con los mismos resultados. Interpuso un recurso contencioso administrativo y en 2014 un juzgado de Cádiz ordenó a la Guardia Civil "concretar, dentro de los turnos establecidos, el horario que ha de realizar el recurrente atendiendo a sus intereses personales, sin perjuicio de una posible alteración en caso de circunstancias excepcionales, que deberán ser debidamente motivadas", según El Confidencial.

La Abogacía del Estado recurrió y el TSJA ha confirmado en una sentencia del pasado 24 de octubre que el agente tiene derecho a tener turno de mañana. Señala qu ello es determinante para que la reducción de jornada tenga efectividad, ya que por la mañana es "cuando los menores precisan menos atención directa de los padres, por la posibilidad de estos de acudir a servicios de guardería o por la obligada presencia al centro escolar".

Además, siendo su unidad de 40 agentes hace pensar en que no existe "inconveniente alguno", más aún cuando ningún compañero ha planteado problemas, señala el Alto Tribunal.

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