Acuerdan 4 años y 6 meses de internamiento para el joven esquizofrénico que acuchilló a su padre en Toledo

  • El Ministerio Fiscal y la defensa del joven esquizofrénico -identificado como S.M.A.-, que agredió a su padre con un cuchillo en Casarrubios del Monte (Toledo), han acordado una pena de cuatro años y seis meses de internamiento en un establecimiento de salud mental, rebajando la pena inicial de siete años.
Audiencia Toledo
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EUROPA PRESS
Audiencia Toledo

El juicio de conformidad se ha celebrado este martes en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Toledo y ha quedado visto para sentencia después de que el acusado haya mostrado su conformidad sobre el acuerdo ante el tribunal.

No obstante, el Fiscal también ha pedido también cuatro años y seis meses de prisión, pena que únicamente se aplicaría en función de la evolución del acusado durante su estancia en el centro de internamiento, no pudiéndose exceder el periodo de cuatro años y seis meses entre ambas penas.

Los hechos, según el Ministerio Público, tuvieron lugar el 2 de noviembre poco ante de las 4.00 horas cuando el procesado, provisto de un cuchillo de diez centímetros de hoja y resuelto, hasta donde sus facultades le permitían, a acabar con la vida de su padre -L.M.M.N.-, se dirigió hasta el dormitorio ocupado por éste y aprovechando que dormía, y por ende en modo alguno podía ni aún percatarse del ataque del que era objeto, se abalanzó sobre él.

Le clavó el cuchillo en la zona del pecho, abandonando el dormitorio y dirigiéndose hacia el patio de la vivienda, en el que esperó hasta la llegada de la Guardia Civil. Tras permanecer ingresado en el Hospital Provincial de Toledo, el 21 de enero de 2016 fue reducido a la situación de prisión provisional comunicada y sin fianza.

Como consecuencia del acometimiento sufrido, el progenitor del procesado sufrió una herida inciso penetrante en centímetros de largo a la zona de transición entre la aurícula derecha al ventrículo derecho con sangrado venoso, que precisó de intervención quirúrgica, sutura e ingreso en UCI, requiriendo su curación cincuenta días, ocho de ellos hospitalizado y veintidós impedido para sus quehaceres habituales, habiendo renunciado a todo resarcimiento.

Aunque el fiscal determina que el procesado padecía en el momento de los hechos esquizofrenia paranoide/psicosis de origen tóxico por consumo de 'cannabis', que le afectaba a su inteligencia para discernir el bien y el mal, disminuyendo sin anular su capacidad para determinarse libremente, considera que los hechos son constitutivos de un delito de asesinato en grado de tentativa.

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