Absuelto por falta de pruebas un hombre condenado a 12 años de cárcel por violar a una menor

  • La joven se encontraba acogida en un centro de la Junta de Andalucía cuando sucedieron los hechos en 2011.
  • El acusado trabajaba como personal técnico auxiliar en el centro y contactó por teléfono con ella cuando se fugó.
  • La sentencia explica que se tardó un año y medio en judicializar los hechos, por lo que no hay pruebas más allá del testimonio de la menor.
Fachada del Tribunal Supremo
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EUROPA PRESS
Fachada del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo ha absuelto a un hombre condenado a 12 años de prisión por violar a una menor que estaba acogida en un centro de la Junta de Andalucía en Sevilla al entender que no hubo dato objetivo que avalase el testimonio de la joven, de 15 años de edad, y que fue la única prueba de cargo en el caso.

La Sala de lo Penal del alto tribunal anula la condena que impuso a R.G.A. la Audiencia Provincial de Sevilla en enero de 2016 por delito de agresión sexual que se produjo cinco años antes en un momento en que la chica se había fugado del centro. El acusado, que trabajaba como personal técnico auxiliar en el mismo, contactó con ella por teléfono y la recogió en su vehículo donde la violó en el asiento trasero del mismo, según consta en la sentencia ahora anulada.

El Supremo destaca además la tardanza de la Junta en presentar denuncia ante la justicia puesto que la chica comunicó a un educador del centro de acogida lo que ocurrió un día después de que se produjeran los hechos, sin embargo el caso no fue denunciado como tal hasta año y medio después, en 2013.

La sentencia recoge que se trata de un supuesto de "crisis máxima de acusación" en tanto el testimonio de la presunta víctima es la única prueba de cargo y concluye que "no existe un solo dato objetivo" que avale el testimonio de la menor, que permanecía acogida en dicho centro de la localidad sevillana de Mairena del Aljarafe.

Denuncia tardía

Precisa además que una tardía denuncia por parte de la Administración produjo una casi inexistente instrucción y ello conllevó a una "acusación aventurada" y la formulación de "débiles elementos probatorios de cargo" de los hechos que se les imputó al acusado el cual fue condenado también a indemnizar a la menor con 6.000 euros por los daños y perjuicios morales causados.

"Mucho se tardó en judicializarse las actuaciones hasta el punto de que formulando la denuncia podría pensarse que se esperaba el acceso a la mayoría de edad de la presunta víctima para hacerlo", añade el fallo del que es ponente el magistrado Francisco Monterde, y en el que se precisa que el testimonio del educador aporta "pocas precisiones sobre lo que pasó y dónde".

Así, en su relato al educador, la menor no aclaró si hubo o no penetración y tampoco el día concreto en que se produjeron los hechos. Además hizo referencia a un todoterreno azul como el coche en el que fue presuntamente violada si bien el acusado no tiene ese vehículo, un comentario que, aunque no carece de lógica, -pues podría ser prestado- "no añade nada al escaso acerbo probatorio".

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