PSOE pide que se conozca a los "responsables políticos" de un tanatorio "con licencia irregular" en Carboneras

  • El portavoz socialista en el Ayuntamiento de Carboneras, José Luis Amérigo, ha reclamado este lunes que se conozca a los "responsables políticos" que "permitieron la construcción de un tanatorio" en la localidad con una "licencia irregular" a tenor de los dictado por un juzgado de Almería, que señala que el establecimiento y su actividad sobrepasan la normativa urbanística.

En una nota, Amérigo ha calificado de "muy grave" la sentencia que anula la licencia de obras y de actividad del nuevo tanatorio de Carboneras al considerar que su concesión fue irregular y no ajustada a derecho por contravenir las normas urbanísticas, por lo que ha avanzado que estudia emprender "acciones legales" al respecto.

"Ya estamos trabajando desde el grupo socialista para tomar aquellas medidas políticas y judiciales necesarias para defender los intereses de los vecinos de Carboneras y clarificar quiénes han sido los responsables de esta irregularidad municipal", ha incidido.

Asimismo, el portavoz ha calificado la situación judicial y política del Ayuntamiento de Carboneras de "insostenible", por la "deriva" a la que el alcalde de Carboneras, el independiente Salvador Hernández, "está llevando al Consistorio como consecuencia de las innumerables investigaciones judiciales y sentencias abiertas contra la gestión del equipo de gobierno de PP-Gicar que suponen un importante despilfarro de dinero público por su mala gestión", según ha valorado.

Por otro lado, Amérigo ha recordado que la instalación del nuevo tanatorio ubicado en el centro del pueblo "cuenta con el rechazo unánime de todos los vecinos del barrio". Estas "reivindicaciones" han sido "apoyadas por el PSOE" y tras esta sentencia "se confirma que además de no ser el sitio adecuado para la ubicación de un tanatorio".

Cabe señalar que el inmueble tanatorio se asienta en dos edificios distintos, cada uno con una licencia independiente, de forma que contraviene las normas de planeamiento de la localidad, que indican que la actividad de tanatorio debe realizarse en "un edificio de uso exclusivo".

Según recoge la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de Almería, la actividad que se realiza en las dependencias ubicadas en los números 24 y 26 de la calle Principal excedería a la de velatorio solamente, por lo que el servicio que se presta debe hacerse en un edificio único y sin más actividad del previsto a tanatorio.

Así, concluye que el conjunto de ambos proyectos, en dos locales que son contiguos en dos edificios colindantes, y que obtuvieron "sendas licencias en un mismo momento", lo era "para el establecimiento de un tanatorio y no una sala de velatorio y de una oficina administrativa como realidades distintas".

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