Santa Cruz de Tenerife se adhiere al Programa Insular de Rehabilitación de Viviendas

  • La Junta Local del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife aprobó en su reunión de este lunes la adhesión del municipio al Programa Insular de Rehabilitación de Viviendas 2016, que promueve el Cabildo de Tenerife.

Esta decisión implica la aceptación de la subvención otorgada por la corporación insular, por importe de 94.360 euros, y la aportación de idéntica cuantía, con cargo a los presupuestos municipales. La inversión total de este programa ascenderá, por tanto, a la cantidad de 188.720 euros, informa el Ayuntamiento en una nota.

La concejal de Vivienda, Carmen Delia Alberto, explica que el programa contempla como obras financiables por esta iniciativa "todas aquellas que comprendan una mejora total o parcial de las condiciones de accesibilidad de la vivienda y también las que supongan el refuerzo o la sustitución de los elementos estructurales de un inmueble".

De igual manera, afirma, "se contemplan proyectos destinados a adaptar las fincas a la normativa vigente en materia de agua, gas, electricidad o protección contra incendios, entre otras".

La edil indica que los técnicos municipales serán los encargados de realizar los informes correspondientes para asociar cada proyecto presentado a una posible subvención.

Las ayudas municipales de carácter individual otorgadas mediante este programa no podrán superar los 6.000 euros, salvo que exista un informe técnico que aconseje una inversión mayor para poder atender y solucionar las peticiones particulares encaminadas a la corrección de deficiencias en la vivienda.

Los destinatarios finales de estas ayudas deberán estar empadronados en Santa Cruz con una antelación de seis meses a la fecha de la solicitud presentada.

Tendrán, de igual manera, que acreditar su condición de propietarios, copropietarios o usufructuarios de la vivienda en la que van a desarrollarse las obras de rehabilitación.

Ninguno de los miembros de la unidad familiar podrá ser titular de otra vivienda y deberá justificar su situación de necesidad y la idoneidad para la prestación definitiva de la ayuda.

En cuanto a las obras que podrán ser objeto de estas ayudas, se encuentran todas aquellas que vayan encaminadas a garantizar unas condiciones mínimas de habitabilidad, y deberán ajustarse a lo dispuesto en la normativa urbanística y tendrán que contar con el preceptivo informe municipal en este sentido.

El presupuesto de las obras a ejecutar también deberá ser igual o superior al importe concedido en la ayuda.

MATERIALES Y MANO DE OBRA

De igual forma, la vivienda a rehabilitar deberá ser la residencia habitual y permanente del destinatario de la ayuda, además de hallarse en situación de legalidad conforme a la normativa de aplicación.

Serán subvencionables los gastos relacionados con la ejecución de las obras previstas, tales como materiales, mano de obra, honorarios de facultativos, trámites administrativos y los que sean absolutamente necesarios para la realización de los trabajos y su puesta en uso.

A la hora de repartir las ayudas solicitadas, el Ayuntamiento utilizará, con carácter preferente, las propuestas presentadas por personas cuya situación socioeconómica sea más desfavorable. También se tendrá en cuenta a aquellas viviendas que presenten un estado de conservación más deficitario en relación con las condiciones mínimas de habitabilidad y accesibilidad.

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