El Congreso aprueba la norma que castiga con cárcel la conducción temeraria

  • La propuesta eleva las faltas a delitos en casos concretos de exceso de velocidad y consumo de alcohol.
  • Entrará en vigor antes de final de año.
  • Se considerará un delito penal conducir un vehículo habiendo perdido todos los puntos del carnet.
  • Encuesta: ¿Es positiva esta medida?
Accidente de tráfico junto a la M-40 en Madrid (EFE)
Accidente de tráfico junto a la M-40 en Madrid (EFE)
EFE
Accidente de tráfico junto a la M-40 en Madrid (EFE)

El pleno del Congreso de los Diputados ha dado este jueves luz verde -con los votos en contra del PP- a la reforma del Código Penal en materia de Seguridad Vial, que persigue endurecer las sanciones por conducción temeraria con penas de cárcel, en los casos más graves.

La reforma eleva las faltas a delitos en casos concretos de exceso de velocidad (conducir a más de 200 kilómetros por hora en autovía y a más de 180 en carretera y 110 en vía urbana) y por consumo de alcohol (más de 1,2 gramos de alcohol en sangre).

Se prevé que la nueva norma, que ha contado con 180 votos a favor, 116 en contra y 9 abstenciones en el Congreso, cuente con un amplio respaldo en el Senado.

Los grupos han tramitado esta norma por el trámite de urgencia para que entre en vigor antes de final de año.

Se considerará un delito penal conducir un vehículo habiendo perdido todos los puntos del carnet, supuesto que será castigado con tres a seis meses de cárcel y la privación del derecho a conducir por un tiempo de entre uno y seis años.

"Temeridad manifiesta"

Además, la reforma prevé penas de prisión de seis meses a dos años para el conductor que "con temeridad manifiesta" ponga en peligro la vida o la integridad de las personas, y la pena será de dos a cinco años de cárcel si el conductor actúa de esa forma "con consciente desprecio por la vida de los demás".

Igualmente, se ha introducido un nuevo tipo penal para aquellas personas que conduzcan un vehículo, sin haber tenido nunca un permiso. En estos casos, se les aplicaría el mismo castigo que el contemplado para las personas que conducen habiendo perdido todos los puntos del carnet.

Por otra parte, la ley delega competencias a los jefes provinciales de tráfico en materia sancionadora, así como al recién creado Centro automatizado de Sanciones, con el fin de agilizar y dar un tratamiento homogéneo a las multas.

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