Tribunales.- Condenan al exdueño de Aifos a prisión por quedarse 389.000 euros de pisos que no se entregaron

  • La Sección Tercera de la Audiencia de Málaga ha condenado a tres años y medio de prisión al que fuera dueño de la promotora Aifos, Jesús Ruiz Casado, por quedarse con más de 389.500 euros entregados por varios compradores de pisos que no se llegaron a terminar de construir y, por tanto, no se entregaron. Además, se le impone que indemnice a los seis perjudicados en este caso con las cantidades que dieron.

Los contratos fueron firmados en 2003 o 2004 y se referían sobre todo a la promoción Cortijo de Torreblanca, en Fuengirola (Málaga). Según se declara probado en la sentencia, antes de la concesión de la licencia de obras, Aifos comenzó a promocionar la urbanización, llegando a formalizar contratos de los pisos sobre los que versa esta causa. "Una actividad de venta que no se vio interrumpida pese a la paralización parcial de la promoción", dice la resolución.

La Sala señala que por parte de Aifos "se incumplió el deber legal de hacer constar en el contrato las garantías legales" de depositar el dinero en una cuenta especial o concertar un aval bancario, medidas que no se llevaron a cabo, sino que "todo el dinero recibido de los compradores era ingresado en una cuenta general de la sociedad e incorporado de esta forma directamente a su patrimonio fusionándolo definitivamente al mismo".

Esto obedecía "a una política general expresamente marcada por el máximo responsable de la empresa, por la que se negaba todo tipo de avales específicos a los clientes que no lo solicitaban expresamente

y asumían a su cargo el coste correspondiente", dice la sentencia, añadiendo que nunca llegó la devolución del dinero porque "Aifos, lejos de haberlo avalado e ingresado en una cuenta específica, tal y como estaba obligado, dispuso libremente de ellas".

Al respecto, la Sala indica en la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, que las cantidades, "por así tenerlo ordenado dicho acusado a sabiendas de su ilegal modo de actuar, fueron sucesivamente incorporadas al haber social de la entidad, confundidas con su patrimonio y destinadas indistintamente a fines de construcción como a otros gastos". No consta, se dice en la resolución, que hubiera una intención "deliberada" ni propósito de engañar.

Así, se le condena por un delito continuado y cualificado de apropiación indebida. Aparte de la pena de prisión y del pago de la indemnización, en la sentencia, que no es firme, se le condena a abonar una multa de 4.050 euros. La empresa Aifos se encuentra en liquidación concursal y se le declara responsable civil subsidiaria.

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