La Agencia Ferroviaria sostiene que no era necesaria una baliza en la curva del accidente de metro de Valencia

  • Técnicos de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (AESF) sostienen que la colocación de una baliza en la curva en la que se registró un accidente de metro en julio de 2006 en Valencia, en el que murieron 43 personas y otras 47 resultaron heridas, no era necesaria.
Concentración Asociación Víctimas del Metro 3 de Julio
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EUROPA PRESS
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Así se desprende del informe que esta agencia ha remitido al Juzgado de Instrucción número 21 de Valencia, que investiga este siniestro. El texto, de carácter provisional, se ha redactado con el objeto de determinar si la empresa que gestiona el metro, Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV), cumplía, antes de ocurrir el accidente, con las normas de seguridad exigibles conforme a la normativa aplicable.

El informe trata de responder a dos cuestiones fundamentales. La primera, si el cambio de las ventanas del metro implicó una alteración del diseño original que incidiese en el desprendimiento de las mismas; y, la segunda, si el trazado de la curva hacía necesaria la colocación de una baliza que controlase la velocidad del tren, ante la existencia de un riesgo, técnicamente hablando, que pudiese ser calificado de no tolerable.

Respecto al primer punto, los técnicos indican que no disponen de argumentos suficientes que permitan concluir si el cambio en el diseño de las ventanas pudo incidir o repercutir en una menor fijación de los marcos y cristales a la estructura y en el consiguiente desprendimiento de las mismas.

No obstante, señalan que parece "razonable" que ante un evento de esta naturaleza se produjera una rotura de la venta por enrollamiento debido al desprendimiento del marco de la ventana, "causado por el efecto combinado de la velocidad a la que se produjo el accidente y las aristas vivas del balasto".

En cuanto al segundo punto, los técnicos afirman que no se puede aseverar que el trazado de la curva hacía necesaria la colocación de una baliza que controlase la velocidad del tren, ante la existencia de un riesgo, que pudiese ser calificado de no tolerable.

En este punto recuerdan que no existe normativa obligatoria de gestión del riesgo de aplicación a la Línea 1 del metro de Valencia, ni en el momento de la implantación del sistema, ni en el del accidente; y tampoco hay normativa obligatoria relativa a la colocación de balizas para el control de velocidad en determinados lugares en que ésta se encuentra limitada por condiciones de la infraestructura, tal como es el caso de las curvas.

De este informe depende la decisión de la jueza de tomar declaración a la exgerente de FGV Marisa Gracia y a otros cinco exresponsables de Ferrocarrils investigados desde el pasado mes de julio: el exdirector de auditoría y seguridad en la explotación; el exdirector de operaciones; el exjefe de mantenimiento de instalaciones fijas; el exjefe de talleres de Valencia Sud y el exjefe de la Línea 1.

La jueza les imputó antes de recibir el informe para evitar la prescripción de los posibles delitos. No obstante, en resoluciones anteriores la instructora ya expuso que sólo serían llamados a declarar como imputados en el caso de que del contenido del documento se desprenda que "nos encontramos ante unos hechos constitutivos de delito".

Fue la Audiencia Provincial de Valencia, en la resolución que ordenó la reapertura del caso en julio de 2015, la que estableció la necesidad de realizar este informe pericial como paso previo a resolver sobre la imputación de los responsables de Ferrocarrils.

La instructora, en cumplimiento del mandato de la Audiencia, pidió a AESF la designación de dos peritos en noviembre de 2015; AESF respondió en febrero de 2016 y cinco días después la titular de Instrucción 21 les encargó el informe. La instructora decidió en julio tener a los exdirectivos como investigados con la cautela de que si del informe no se desprendían indicios de delito, la causa no se dirigirá contra ellos.

NUEVAS CITACIONES

Por otro lado, la jueza del Metro ha citado al subdirector técnico de Invassat, autor del informe encargado a este organismo después de que la Audiencia de Valencia ordenara reabrir el caso. El documento sobre el que será interrogado el perito el próximo 20 de octubre, descarta infracción de la normativa de prevención de riesgos laborales, en coincidencia con los informes aportados por el inspector de Trabajo, quien también ha sido citado a declarar para ese mismo día, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

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