Aumentan las reclamaciones sobre telefónia móvil e Internet

  • El 67% de la reclamaciones de los consumidores se resuelven con éxisto
  • Disminuyen las quejas referentes al recibo de la luz, el agua y el gas
Distintivo de calidad empresarial
Distintivo de calidad empresarial
Distintivo de calidad empresarial

Sabemos cuáles son nuestras obligaciones, pero ¿Conocemos cuáles son nuestros derechos?

Aunque el 67% de las hojas de reclamaciones puestas en los comercios por los ciudadanos cordobeses se resuelven con éxito, hay que llegar al 100%. Para ello la Junta de Andalucia va a realizar durante esta semana una campaña informativa a los consumidores que tránsiten por el eje comercial comprendido entre la Calle Concepción y la Plaza de las Tendillas.

«Se van a repartir más de 3.000 folletos informativos» y se van a entrevistar a más de mil personas para constatar el grado de conomiento que éstos poseen sobre sus derechos como consumidor, según ha afirmado el delegado del gobierno andaluz, Antonio Márquez.

Que hacer si se quiere interponer una queja o reclamación

Lo primero de todo es pedir la hoja de reclamaciones y si tras un periodo de 10 días no se obtuviera una respuesta satisfactoria, el consumidor puede dirigirse al Servicio de Consumo de la Junta, a la Oficina Municipal de Información al Consumidor o a cualquiera de las Asociaciones de Consumidores de la provincia. Estas entidades tramitarán su reclamación a través de dos sistemas de resolución de conflictos; la mediación (vía extrajudicial y amistosa) y el sistema arbitral de consumo (sistema más serio, con fuerza de cosa juzgada)

La vía amistosa

No todas las quejas de los clientes han de resolverse por vía judicial, ya que si existe voluntad entre las partes lo más cómodo es resolver el litigio «vía mediación», es decir, llegar a un acuerdo amistoso con el empresario gracias a la ayuda de un representante de la Administración, otro de la Asociación de Consumidores y otro de las Asociaciones empresariales cordobesas.

La vía arbitral

Este sistema al igual que la vía amistosa, también se realiza de forma voluntaria, rápida y gratuita y permite resolver fácilmente los descuerdos que puedan surgir entre el consumidor y el comerciante. Al contrario que la vía amistosa o mediación, este sistema se realiza mediante la celebración de una audiencia y el Colegio Arbitral es quién decide sobre la resolución del conflicto. Este sistema sólo se puede realizar si el establecimiento o empresa está adherido al Sistema Arbitral de Consumo, para saber si es así, el establecimiento deberá tener un distinto oficial con el símbolo de calidad empresarial que se muestra en la foto.

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