Rechazadas las pruebas técnicas pedidas por los familiares de las víctimas del metro

  • Lo ha desestimado la Audiencia Provincial de Valencia.
  • Lo habían pedido familiares de 15 de las 43 víctimas mortales.

La Audiencia de Valencia ha rechazado la práctica de nuevas pruebas técnicas relacionadas con el accidente de metro del 3 de julio de 2006 pedidas por familiares de 15 de las 43 víctimas mortales, al estimar que inciden sobre "cuestiones ya resueltas o en todo caso innecesarias o irrelevantes".

La Sección Primera de la Audiencia Provincial, en un auto contra el que no cabe recurso, ha ratificado la resolución del Juzgado de Instrucción número 21 que reabrió la investigación y que ya desestimó las citadas pruebas, informaron hoy fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat.

El tribunal considera necesario practicar nuevas diligencias sobre la formación, capacitación y jornada laboral del conductor del convoy, pero rechaza un nuevo examen del material rodante, las medidas de seguridad o la señalización de la vía.

Al respecto recuerda que el informe pericial señaló que el material de la unidad era correcto y que se realizaron las correspondientes revisiones técnicas conforme al plan de mantenimiento.

"No se puede hablar de un inadecuado mantenimieto"

También constan verificadas las revisiones preventivas, "por lo que parece que no se puede hablar de un posible e inadecuado mantenimiento y conservación de la maquinaria", indica la resolución judicial.

Entre otras diligencias los familiares solicitaron la revisión de determinadas piezas, aportación de informes del fabricante, ampliación de la pericial sobre señalización, nuevas inspecciones de la cabina, métodos sobre gestión de tráfico ferroviario y registros de velocidad.

El auto señala que "no se puede pretender la práctica de todo tipo de diligencias posibles o imaginables sobre la base de distintos supuestos de trabajo que carecen del menor dato indiciario para sostener que pudieran concurrir en el suceso", como la indisposición que pudo sufrir el maquinista, sobre la que no existe "dato alguno".

En relación a supuesta omisión de las medidas de seguridad, el tribunal también rechaza el planteamiento de hipótesis, ya que "lo que importa es conocer si en ese momento las existentes y adoptadas por los responsables resultaban adecuadas para controlar el normal riesgo inherente a la actividad desplegada".

"Nada aporta al procedimiento", prosigue, conocer las propuestas de mejora de la línea, las posibles quejas de trabajadores y usuarios al respecto o la toma de declaración a responsables de la empresa sobre algunas de las cuestiones planteadas, porque "la situación a tomar en consideración" es "la existente al tiempo del accidente".

Los excesos de velocidad resultan mínimos

También deniega la práctica de diligencias sobre "la ausencia de control" del empleado fallecido, ya que "no son relevantes", y subraya que los excesos de velocidad detectados "resultan mínimos y dentro de los márgenes de tolerancia".

El tribunal considera "atinados" los argumentos por los que el Juzgado de Instrucción rechazó la "batería" de pruebas pedidas por los familiares de 15 de las víctimas, las cuales considera innecesarias "ante la claridad y rotundidad del resultado de las periciales practicadas, que no se han visto desvirtuadas".

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