El Ayuntamiento otorga 219 licencias para perros potencialmente peligrosos

  • Aunque sólo tiene registrados a 160.
  • A principios de año, la licencia será obligatoria.
  • La normativa prohibe adiestrarlos para el ataque.

Tome nota de estas razas de perros: Pitt Bull Terrier; Staffordshire Bull Terrier (American Staffordshire Terrier); Rottweiler; Dogo Argentino; Fila Brasileiro; Tosa lnu; Akita Inu; American Pitbull Terrier; Bullmastif; Dobermann; Dogo de Burdeos; Dogo del Tibet; Mastín Napolitano; Presa Canario y Presa Mallorquín (Ca de Bou).

El Ayuntamiento de Sevilla ha otorgado hasta la fecha 219 licencias para perros potencialmente peligrosos, aunque sólo tiene registrados 160 perros de este tipos. Tener esta licencia será un requisito obligatorio por la Junta entre finales de año y principios del próximo, tras la entrada en vigor del decreto andaluz sobre Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.

Dicho docuemnto incluye 15 razas de perros, cuyos propietarios deben adquirir una serie de condiciones y requisitos para su tenencia en los próximos tres meses. Estas condiciones establecen una licencia especial y contar con un seguro de responsabilidad civil para cubrir los posibles daños personales o materiales que puedan producir por una cobertura no inferior a 175.000 euros por siniestro.

Para obtener la licencia, que se tramita ante el ayuntamiento del municipio en que resida, el futuro titular de la mascota tiene que ser mayor de edad, no haber sido condenado por una serie de delitos y contar con un certificado de capacidad física y aptitud psicológica, que se obtendrán en los mismos centros médicos que la documentación para el carnet de conducir.

Además, a los propietarios se les facilitará una tarjeta de identificación especial que se distinguirá por estar cruzada por una banda roja y que el cuidador del animal deberá llevar siempre encima cuando salga con él.

Una de las principales novedades de esta normativa es que prohíbe adiestrarlos para el ataque, guarda o defensa de sus propietarios, o darles cualquier tipo de entrenamiento que incremente su agresividad, lo que estará sancionado como falta muy grave con multas de entre 2.400 y 15.025 euros. Unicamente se podrá instruir a los perros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, del Ejército, de los Bomberos o de empresas de seguridad, previa autorización oficial.

Como medida de seguridad adicional quedará prohibido que los perros potencialmente peligrosos accedan a lugares destinados a los menores; cuando transiten por la vía estarán obligados a llevar bozal e ir atados por una correa no extensible de un metro como máximo de longitud y en caso de pérdida deberán comunicarlo en 24 horas.

Las instalaciones o viviendas donde residan estos canes tendrán que reunir también características especiales, con una señalización visible, paredes y vallas suficientemente altas, puertas sólidas para garantizar que el animal las desencaje o abra.

Por último, ante perros con comportamientos agresivos patológicos, las autoridades pueden ordenar su sacrificio, mientras que en caso de animales abandonados y asilvestrados que estén causando daños se

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