CCOO dice que la extrabajadora a readmitir tenía un contrato "asociativo" y se le cesó por "disolución" de su Federación

  • El sindicato CCOO de Castilla-La Mancha ha reaccionado a la noticia de la sentencia de un juzgado de Guadalajara que condena a la organización a readmitir e indemnizar a la exsecretaria de la Federación de Industria en Guadalajara cesada en el 2015 tras incorporarse de una baja por maternidad y solicitar acogerse a las medidas de conciliación, asegurando que esta empleada no era trabajadora de CCOO "sino la máxima responsable de la Federación Industria de CCOO en Guadalajara", por lo que según explican tenía un contrato "asociativo, que no laboral".

"El contrato asociativo está vinculado exclusivamente a mantener las funciones para los que la persona afectada fue elegida y se termina automáticamente cuando se produce el cese en dichas funciones", añade CCOO en nota de prensa.

Recuerdan desde la formación sindical que en Junio de 2015 se produjo la dimisión de la mayoría de los miembros del equipo de dirección de la Federación de CCOO Industria de Guadalajara y por lo tanto se procedió, según marcan los estatutos de CCOO, "a la disolución del órgano y a la configuración de una dirección provisional que procediera en base a sus funciones a la convocatoria de un nuevo congreso en dicha federación".

"En ningún momento ha existido el condicionante de la conciliación laboral de esta compañera en la disolución del órgano de gobierno sino que en todo momento dicha disolución ha estado referida a motivaciones de índole sindical", aducen.

Continúan aseverando que "la compañera Pilar Martínez, como máxima responsable sindical, ha tenido la posibilidad no sólo de compatibilizar su vida personal con las tareas sindicales sino que dada su condición de secretaria general era la que tenía la facultad de organizar y dirigir al conjunto de la organización en base a su criterio en el marco de respeto a los compromisos del congreso en el que fue elegida".

"Lamentamos profundamente que se utilice un tema tan sensible como es el de la conciliación y la maternidad para intentar buscar un beneficio propio (hay que tener en cuenta que los dirigentes sindicales que tienen contrato asociativo cuando acaba su mandato por cualquier motivo no tienen indemnización) poniendo en entredicho el compromiso de las Comisiones Obreras con la defensa de los derechos de los trabajadores y trabajadoras", sostienen desde la formación sindical.

Tras añadir que no comparten la sentencia, desde CCOO avanzan que han procedido a formular el correspondiente recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha a esta sentencia.

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