Ratifican la absolución de un hombre acusado de agresión sexual por su expareja

  • El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado una sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla que, en febrero de este año, absolvía a un hombre del delito de agresión sexual y del de amenazas del que había sido acusado por la que fuera su pareja sentimental.

La sentencia del Supremo, fechada el 12 de mayo y a la que ha tenido acceso Europa Press, expone que "no hay lugar" al recurso de casación interpuesto por la mujer ante la resolución inicial de la Audiencia Provincial.

Los hechos, según el relato de la denunciante, sucedieron el 8 de enero de 2013, cuando la mujer, Serafina, fue supuestamente conducida por su anterior pareja, Álvaro, hasta su propio vehículo amenazándola. "Se dirigió hasta un descampado y le dijo que la mataba", exponía la mujer en su narración. Una vez allí, según la versión de la denunciante, la violó y en cumplimiento de sus amenazas, la agredió físicamente para amedrentarla y evitar ser denunciado.

En la denuncia, Serafina acreditó su declaración y los informes periciales sobre las huellas lofoscópicas halladas en el vehículo, sobre el análisis del ADN, así como los testimonios de su hermana y una amiga.

DECLARACIÓN CON "CLARAS Y CONSTANTES" CONTRADICCIONES

Pero, la Audiencia Provincial valoró las pruebas y afirmó que no existían "elementos objetivos suficientes" que corroboraran la declaración de la víctima, ni se ofreció por ésta una declaración persistente de lo sucedido, incurriendo en "claras y constantes contradicciones" relativas al lugar y el momento de los hechos que cuestionan la veracidad de su testimonio.

Además, la Sala de instancia destacó que, dada la descripción del lugar donde según la recurrente fue agredida sexualmente -en la parte delantera del coche-, así como la situación violenta descrita, no se entendía que no constara "ningún tipo de lesión", acreditado por el informe del médico forense realizado el día después de los hechos.

Aunque sí era cierto que se encontraron muestras biológicas de la recurrente y del acusado en el vehículo, la Sala de instancia expuso en la sentencia que ello permitía afirmar que estuvieron en el interior de este y que "pudieron mantener relaciones sexuales como así reconoció el acusado, pero no puede concretarse la fecha ni que fueran por la fuerza".

La mujer había interpuesto el recurso de casación aludiendo entre otras cosas a las pruebas que había presentado anteriormente en la Audiencia Provincial, cosa que el Tribunal Supremo ha resuelto "no haber lugar", ya que estas pruebas ya habían sido tomadas en cuenta.

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