Así lo ha trasladado la entidad a través de un comunicado, en el que, además, ha recordado que la solicitud debe presentarse en persona y en impreso oficial.
Para ello, los interesados deben solicitar previamente su inscripción en el Censo Electoral de Galicia o del País Vasco en cualquier oficina de Correos de España, un requisito "imprescindible" para poder emitir el voto.
Además, la solicitud se tiene que hacer en persona, salvo en caso de enfermedad o discapacidad mediante certificación médica. En este caso, podrá ser presentada por otra persona autorizada notarialmente o consularmente. Asimismo, a la hora de formular la solicitud se ha de adjuntar el DNI, pasaporte o carnet de conducir originales.
De este modo, Correos entregará la solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales correspondientes de la Oficina del Censo Electoral, que enviarán a los solicitantes, entre el 5 y el 18 de septiembre, la documentación necesaria para que pueden ejercer el voto por correo.
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