Un juzgado deniega el reingreso del intendente de Riba-roja al considerar que no se han vulnerado sus derechos

  • Una sentencia del juzgado de lo contencioso-administrativo número 7 de Valencia ha avalado la decisión del actual equipo de gobierno de Riba-roja de Túria (Valencia) de denegar el reingreso del intendente principal a su plaza, al considerar que "no se han vulnerado en ningún momento los derechos fundamentales alegados por el trabajador".

Así lo ha informado en un comunicado el Ayuntamiento, que ha explicado

que un acuerdo previo del Tribunal Supremo ya anuló este puesto de trabajo creado por el PP por ser "ilegal", tras aceptar un recurso del abogado del Estado.

Según el consistorio, los hechos recurridos por el empleado arrancaron en julio de 2010 cuando empezó a ocupar el puesto de intendente jefe, en comisión de servicios, hasta que en julio de 2012 pasó a desempeñar la plaza en propiedad tras ganar un concurso-oposición. En enero de 2015 solicitó su traslado al Ayuntamiento de Manises, en otra comisión de servicios, que vencía, justamente, en enero de este año.

Sin embargo, el nuevo de gobierno de Riba-roja -formado por el PSPV, Compromís y Esquerra Unida- denegó la solicitud del empleado público y solicitó un pronunciamiento de la Sala, ahora aceptado, sobre los términos en los que debía ser ejecutada la sentencia del Tribunal Supremo que anulaba, justamente, diversas plazas de trabajo -entre ellas la de intendente jefe-, y una subida salarial decretada por el Partido Popular en 2010 que suponía aumentos medios del 3,2 por ciento, "muy por encima del 0,3 por ciento del índice de precios al consumo (IPC), recurrida en su momento por el abogado del Estado".

La sala de lo contencioso-administrativo avala en su dictamen la legalidad de las decisiones adoptadas por el actual ejecutivo de Riba-roja, ya que en el momento en el que el demandante presentó su petición de reingreso "ya habían sido anulados por sentencia tanto el acuerdo inicial de la plantilla como la relación de puestos de trabajo, por lo que no existía ninguna plaza vacante en plantilla de intendente principal".

Los magistrados recuerdan que han sido los tribunales "los que han dejado sin efecto y declarado la nulidad de la resolución en la que se creaba la plaza ganada por el actor".

El Ayuntamiento de Riba-roja alegaba, en su escrito de defensa, que la sentencia del Supremo "no ha dispuesto que se conserve ningún acto", incluido en la relación de puestos de trabajo auspiciada por el Partido Popular "mientras no se vuelva a crear la plaza de intendente principal, por lo que no es posible adscribir a dicha plaza a ningún funcionario", aunque reconoce al empleado la oposición que aprobó.

La sentencia emitida ahora por el juzgado rechaza que se haya violado el derecho a no sufrir indefensión por parte del trabajador "pues consta que ha podido utilizar todos los recursos que la ley pone a su alcance en defensa de sus intereses", y añade que tampoco se ha infringido "el trámite de audiencia" pues recuerda que se trata de un procedimiento "iniciado a instancia de parte, no de oficio, y la ley permite prescindir de la audiencia previa cuando no sean tenidos en cuenta otros hechos o alegaciones que las aducidas por el interesado". La sala impone al recurrente a asumir las costas del proceso.

"ACTO INJUSTO E ILEGAL"

El equipo de gobierno de Riba-roja de Túria ha resaltado "el respeto total y absoluto a todas las decisiones que marcan las instancias judiciales" y ha destacado que el fallo del juzgado de lo contencioso-administrativo "avala plenamente las decisiones que el gobierno local ha tenido que tomar para acatar la sentencia que en su momento dictó el Tribunal Supremo ante un acto injusto e ilegal del Partido Popular que, aprovechando la cercanía electoral, llevó a cabo con el dinero de todos los contribuyentes".

El Ayuntamiento ha explicado que el recurso que en momento interpuso la Abogacía del Estado, base de los fallos posteriores del Tribunal Superior de Justicia valenciano y del Supremo, consideraba que se había dispuesto una jornada partida e irregular a 29 trabajadores con incrementos retributivos entre los 153 y los 697 euros; retribución y responsabilidad de ejercer como letrado municipal con un factor complementario cifrado en otros 11.323 euros; además, se reconoce un factor de festividad a las limpiadores municipales, con aumentos de entre 317 y 383 euros.

Según la Abogacía, se retribuyeron dedicaciones especiales con aumentos de entre 1.000 y 1.797 euros, la creación de nuevas jefaturas de servicios y negociados con otras subidas de entre 674 y 2.629 euros, otros puestos son considerados por su mayor responsabilidad, otros por su especial dificultad técnica son incrementados con entre 674 y 2.560 euros, además de crear la plaza de intendente jefe y otras dos de técnico de educación infantil y se amortizan otras 5 plazas.

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