La capital inicia procedimiento para evitar el pago de 13 millones por incumplimiento de convenio urbanístico

  • El Ayuntamiento de Granada, que ha sido condenado a pagar 13,2 millones a una constructora por incumplir un convenio urbanístico durante el mandato del PP, ha iniciado un procedimiento de declaración de lesividad para propiciar que se cumpla el acuerdo inicial al que llegaron las partes y evitar el abono de este montante, que "castigaría la sostenibilidad económica y pondría en peligro la prestación de servicios públicos".

El actual concejal de Urbanismo, Miguel Ángel Fernández Madrid (PSOE), ha señalado en rueda de prensa que esta sentencia condenatoria es fruto de "la dejadez y la incapacidad" del anterior equipo de gobierno 'popular', puesto que si se hubiera cumplido con el procedimiento estipulado para expropiar las parcelas previstas en el convenio, en vez de dejar que se repitieran en el tiempo los silencios administrativos, esta situación no se estaría produciendo.

Dentro de lo "complicado" que resulta buscar una solución al asunto, el concejal de Urbanismo ha explicado que ha firmado un decreto hace un par de días para iniciar un procedimiento de declaración de lesividad para los intereses públicos para que los hechos se retrotraigan al momento anterior al que, por silencio administrativo, el anterior equipo de gobierno consintió que se revocara el convenio urbanístico para la expropiación forzosa de la parcelas.

Esto se traduce en que el consistorio tiene que pagar en metálico los 13,2 millones de euros en los que la Comisión Provincial de Valoraciones tasó las parcelas, en vez de realizar el abono en especie que se había pactado inicialmente.

La intención del concejal de Urbanismo es llevar este procedimiento de lesividad a un juzgado de la Contencioso-Administrativo con el objetivo último de dar cumplimiento al citado convenio urbanístico, de modo que se pueda hacer el pago en especie y en las condiciones previstas en este acuerdo, que ponía como condición que el proyecto de reparcelación de los terrenos se inscribiera en el Registro de la Propiedad, lo que tampoco hizo el anterior equipo de gobierno.

El edil de Urbanismo reconoce que no es una solución "mágica", pero sí una opción para paliar el perjuicio que puede suponer el abono en metálico de este montante millonario.

También ha censurando que el PP "no hiciera nada en trece años" para arreglar esta situación, lamentando que el nuevo equipo de gobierno tenga que solucionar este y otros "marrones" ocasionados en la gestión urbanística de los pasados mandatos.

DESDE 2005

Este pleito urbanístico se remonta a julio de 2005, cuando, tras la aprobación definitiva del PGOU unos años antes, la mercantil Construcciones Vargas e Hijos SL solicitó al Ayuntamiento el inicio del expediente de expropiación de ocho parcelas de su propiedad calificados como suelo urbano en el plan general y que la mercantil no pretendía desarrollar.

Transcurrido el plazo legal sin que el Ayuntamiento incoara el expediente -que la mercantil consideró hecho por prescripción legal- la empresa realizó los trámites oportunos para que se fijara el justiprecio de las parcelas, que la Comisión Provincial de Valoraciones fijó en 13,2 millones de euros.

El Ayuntamiento lo recurrió, pero se desestimó en la vía administrativa y el asunto fue objeto de un proceso judicial. No obstante, consistorio y empresa acabaron acordando que el pago se hiciera en especie, lo que fue objeto de un convenio que ponía como condición que el proyecto de reparcelación de los terrenos se inscribiera en el Registro de la Propiedad, lo que de no conseguirse supondría la resolución del convenio.

El Ayuntamiento nunca llegó a registrar el proyecto de reparcelación y tampoco cumplió con el pago en especie a la constructora, que en base a lo pactado consideró que estos acuerdos quedaban sin efecto y volvió a solicitar, el 13 de mayo de 2010, que se le abonaran los 13,2 millones de euros.

El Ayuntamiento no respondió a esta solicitud y la constructora estimó que este silencio administrativo tenía carácter positivo, por lo que interpuso un recurso contencioso administrativo que fue estimado por el Juzgado.

Aunque el Ayuntamiento de Granada recurrió la sentencia inicial, procedente del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Granada, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) lo ha desestimado en una sentencia contra la que no cabe recurso.

Argumenta el Alto Tribunal andaluz que la "Administración está obligada a dictar resolución expresa de todos los procedimientos y a notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación" y no concurre ninguna excepción para considerar en este caso que el silencio administrativo debía ser negativo.

El nuevo equipo de gobierno socialista en el Ayuntamiento granadino ya anunció tras conocer la sentencia que intentaría buscar algún resquicio legal con el que poder defenderse de esta sentencia que de hacerse efectiva supondría un "grave" quebranto para las arcas municipales.

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