La solicitud de indulto parcial al exalcalde de Huesa (PSOE) ha reunido ya 1.500 firmas

  • La petición de un indulto parcial para el exalcalde de Huesa, Francisco Javier Gómez Sevilla, cuenta ya con algo más de 1.500 firmas en la plataforma de internet que se está utilizando para lograr adhesiones y dirigirlas al Ministerio de Justicia.

Gómez Sevilla ha sido condenado por el Tribunal Supremo (TS) a tres años y dos meses de cárcel por un delito de falsedad documental. La Sección Tercera de la Audiencia de Jaén le ha dado hasta el 11 de julio de plazo para ingresar en prisión de manera voluntaria y así comenzar a cumplir la pena.

La defensa del exalcalde ejercida por el abogado Javier Pulido ya ha cursado la solicitud de indulto, además de interponer el correspondiente recurso ante el Tribunal Constitucional para intentar que el caso vuelva a verse en el Supremo. Además, ha solicitado a la Audiencia que paralice la ejecución de la sentencia y por tanto, la entrada en prisión de Gómez Sevilla, hasta que se resuelvan las vías emprendidas en este caso.

La Audiencia de Jaén condenó en diciembre de 2015 a Gómez Sevilla, como inductor, y al arquitecto municipal, como autor, a seis meses de suspensión para empleo o cargo público a cada uno por un delito de certificación falsa. La misma sentencia absolvió al exalcalde de los delitos de prevaricación, malversación y falsedad.

El Ministerio Fiscal recurrió la sentencia de la Audiencia y seis meses después el Supremo, en junio de este año, la hecha por tierra y acaba condenando con pena de cárcel al exprimer edil por un delito de falsedad.

Según los hechos probados, Gómez Sevilla solicitó y le fueron concedidas dos subvenciones finalistas, una de 13.206 euros de la Diputación para la adquisición de materiales y otra de 34.414 euros del Servicio Público de Empleo Estatal, para la realización de la obra 'Ensanche de la Fuente del Popi', aprobada por el Ayuntamiento de Huesa en 2008. Aun conociendo el destino de dichas cantidades, Gómez Sevilla, utilizó las mismas para pagar nóminas por trabajos en otras obras del municipio.

El arquitecto municipal, siguiendo órdenes del alcalde, emitió certificado final de la citada obra en 2009, con el objeto de justificar el destino para el que habían sido concedidas y evitar la devolución; presentando el alcalde dicho certificado ante los organismos subvencionadores.

Como no se habían realizado las obras, se aprobó por el Ayuntamiento un segundo proyecto, llamado Reforma Plazoleta Calle Úbeda, que era una copia casi idéntica del anterior, por el que recibió una nueva subvención de 42.700 euros, emitiéndose por el alcalde y el arquitecto las órdenes de pago, certificaciones de inicio, parciales y final de obra que, esta vez, sí fueron ejecutadas.

La Sala Segunda del Tribunal Supremo indica en su sentencia que si una orden de pago con cargo a una subvención finalista para realizar un determinado proyecto, que está sujeto además a su comprobación posterior, altera dicha finalidad para hacer efectivas nóminas por otros trabajos ajenos al destino del dinero, "comporta una alteración relevante del mismo aplicado a una partida presupuestaria oficial, incumpliendo no solo la función probatoria del documento, el pago de los trabajos realizados conforme a la subvención, sino garantizadora de haber aplicado a su fin específico el dinero recibido".

Para justificarlo, añade la Sala Segunda, era necesario certificar la terminación de las obras subvencionadas, llegando incluso a duplicar determinados trabajos del primer proyecto que fueron por ello doblemente subvencionados, lo que hizo necesario otro segundo, copia del primero, que sí fue ejecutado con una segunda subvención.

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