Las cuantía de la ayuda será el 80 por ciento de las actividades consideradas subvencionables, es decir, gastos de publicidad en medios de comunicación; cartelería y folletos, incluyendo los gastos de diseño, imprenta y reparto; arrendamiento de bienes y equipos; y contratación externa para determinadas actividades como animación, vigilancia o seguridad, limpieza, seguros y montaje de instalaciones necesarias para el desarrollo de la actividad.
La inversión máxima subvencionable tendrá el siguiente límite máximo global: si la acción se va a desarrollar en una localidad de más de 20.000 habitantes, 7.000 euros; si la acción se va a desarrollar en una localidad entre 10.000 y 20.000 habitantes, 5.000 euros; y si la acción se va a desarrollar en una localidad de menos de 10.000 habitantes. 3.000 euros.
Las ayudas consistirán en una subvención del 80 por ciento de la actividad subvencionable, según explica la Junta en nota de prensa.
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