La Junta Electoral Central rechaza también la denuncia de Unidos Podemos contra el PSOE

  • La Junta Electoral Central (JEC) ha rechazado el recurso interpuesto por la coalición electoral 'Unidos Podemos' contra el acuerdo de este mismo órgano de Cantabria y ha ratificado la resolución adoptada hace una semana, en la que rechazaba una denuncia de Unidos Podemos contra el PSOE por un acto de propaganda en Bezana antes de iniciarse la campaña electoral.

En concreto, la confluencia integrada por Podemos, IU y EQUO denunció al PSOE de Cantabria, a su secretaria general, Eva Díaz Tezanos, y al alcalde socialista de Santa Cruz de Bezana, Pablo Zuloaga, por un acto celebrado el pasado 28 de mayo.

En su denuncia, Unidos Podemos acusaba al PSOE de hacer "actos de propaganda" antes del comienzo de la campaña electoral por haber repartido folletos entre los militantes y haber celebrado un acto público, unas denuncias que la Junta Electoral Provincial rechazó porque "no existe vulneración" de la ley.

Ahora, la Junta Electoral Central ha desestimado el recurso interpuesto y ha ratificado dicha resolución, alegando que en el citado acto, anterior al arranque de la campaña, no ha quedado acreditado que se realizase una "petición expresa del voto", por lo que no puede entenderse que se haya vulnerado la LOREG.

En su artículo 53, esta ley prohíbe la realización de publicidad o propaganda electoral mediante carteles, soportes comerciales o inserciones en prensa, radio u otros medios digitales, al no poder considerarse como actividades ordinarias de los partidos, coaliciones, o federaciones.

Pero, como aclara en su resolución la JEC, no se incurre en dicha prohibición cuando se trata de la realización y distribución folletos, cartas o panfletos, en los que se den a conocer los candidatos o el programa electoral, "siempre que no incluyan una petición expresa del voto".

El acuerdo de la JEC es firme en vía administrativa y contra el mismo cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación.

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