El Ayuntamiento cancela el alquiler de un local municipal subarrendado desde 1995 sin comunicación previa

  • El Ayuntamiento de Sevilla ha cancelado un contrato de arrendamiento de un local de su propiedad ubicado en la avenida de Reina Mercedes, concretamente en la esquina de dicha vía con la calle Condesa, ya que el inquilino tenía subarrendado el mismo "desde 1995" sin que tal extremo fuese "comunicado" a la Administración local.

Según un acuerdo del Ayuntamiento fechado el pasado 18 de mayo y recogido por Europa Press, este local municipal estaba arrendado a un inquilino que en enero de este año informó al Consistorio de que "estaba negociando el traspaso del local".

Sin embargo, diferentes visitas de inspección a dicho local, según figura en el acuerdo del Ayuntamiento, pusieron de relieve que "el citado local se encuentra subarrendado desde 1995", mediando un subalquiler de 1.077 euros mensuales del que disfrutaba el adjudicatario inicial del local. Todo ello, según el documento, "sin que dicho subarriendo se haya comunicado" al Ayuntamiento, titular del inmueble, y cuando tal extremo es obligatorio según la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. Dicho incumplimiento, en consecuencia, otorga al Ayuntamiento el derecho de "resolver el contrato de arrendamiento vigente".

Dado el caso, el Ayuntamiento ha acordado denegar el traspaso solicitado por el arrendatario inicial del local, así como "resolver el contrato de arrendamiento" merced a lo estipulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos.

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