La Sala III del Supremo rechaza los recursos del Gobierno canario y del Cabildo de Tenerife contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) de 20 de mayo de 2014, que se ratifica.
El TSJC daba la razón a la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, ya que el ejercicio de la competencia sobre el patrimonio histórico corresponde en este caso a la Administración General del Estado y no al Gobierno autonómico.
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