Las Corts comunican al Senado que debe mantener sus seis senadores territoriales porque el mandato es para cuatro años

  • Los servicios jurídicos de las Corts Valencianes han remitido un informe al Senado en el que comunican que debe mantener sus seis senadores territoriales porque el mandado de estos parlamentarios coincide con el de la legislatura autonómica, de modo que es para cuatro años.
Corts valencianes
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EUROPA PRESS
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Así lo indican los servicios jurídicos del Parlamento valenciano en el informe solicitado por el Senado sobre la "opinión de derecho" de las Corts respecto a la propuesta de la Cámara alta de reducir de seis a cinco el número de senadores territoriales por la Comunitat, tras la reducción de la población valenciana que ha pasado de 5.004.844 a 4.980.689 habitantes. En concreto, preguntaba por el momento en el que la reducción debe hacerse efectiva.

En el escrito, las Corts Valencianes recuerdan que el 22 de julio de 2015 el pleno designó senadores a Alberto Fabra y Rita Barberá (PP), Joan Lerma (PSPV), Carles Mulet (Compromís), Luis Crisol (Ciudadanos) y Pilar Lima (Podemos).

Asimismo, subrayan que el mandato representativo al que se accede en virtud de la designación parlamentaria tiene una duración de cuatro años, período que se inicia con la designación de los senadores efectuada por las Corts.

Del mismo modo, señalan que el mandato representativo que ostentan los senadores designados por las Corts en representación de la Comunitat "merece la máxima protección jurídica y jurisdiccional", y añade que la extinción del mandado se puede producir de dos formas: o bien cuando se disuelven las Corts y se constituye la siguiente Cámara, o cuando la disolución de las Cortes Generales o el Senado coincide con la de las Corts.

En este sentido, el Parlamento autonómico indica que cuando antes de la finalización del mandado representativo se produce la disolución del Senado, el mandado de los senadores designados por las Corts con anterioridad "no se extingue", sino que "continúa vigente tras la disolución y tras la constitución de la nueva Cámara senatorial".

Según la Cámara valenciana, la disolución del Senado "no invalida la designación efectuada por las Corts en el curso de la legislatura del Senado que ha concluido, ni extingue su vigencia, ni constituye una causa de cese de los senadores designados".

Por tanto, señala que una la reducción del número de senadores debido a la disminución de la población de derecho de la Comunitat "sólo será de aplicación una vez extinguido el mandado de la presenta legislatura de las Corts y producida la renovación de la Cámara mediante unas posteriores elecciones autonómicas".

Así, advierte de que una decisión de la Diputación Permanente del Senado contraria a esto "podría comportar una lesión del derecho fundamental reconocido por el artículo 23.2 de la Constitución a los senadores y senadoras designados por las Corts en representación de la Comunitat que vieran extinguido su mandato antes del vencimiento del período de duración del mismo".

EN LA PRÓXIMA LEGISLATURA

La Cámara valenciana explica que, coherentemente con lo anterior, una vez finalice la actual legislatura de las Corts habrá de efectuarse una nueva designación de senadores. Por tanto, la reducción de senadores se deberá realizar en el inicio de la X legislatura de las Corts.

Finalmente, las Corts concluyen que la propuesta de acuerdo del Senado "no puede comportar que alguno de los designados por las Corts Valencianes en la sesión plenaria del 22 de julio de 2015 pueda perder su condición".

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