Absuelven a una condenada por dañar el coche de una excompañera por falta de pruebas

  • La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huelva ha absuelto a una mujer condenada por dañar el coche de una excompañera de trabajo en el que rayó un insulto, al entender falta de pruebas y que de todo lo actuado en esta causa "no ha sido enervado el principio de presunción de inocencia".

En una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Audiencia estima el recurso de apelación presentado por la condenada contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción número 1 que le imponía pagar una multa de 140 euros y una indemnización a la propietaria del vehículo de 454 euros, más el pago de costas judiciales.

La anterior sentencia consideraba probado que el 14 de junio de 2014 la denunciada se dirigió a un vehículo, estacionado en el aparcamiento de un establecimiento comercial de Huelva, donde lo había dejado su propietaria, causándole arañazos en el lateral en los que se podía leer la palabra "puta".

El vigilante de seguridad del establecimiento fue testigo de los hechos tomando los datos del vehículo en el que se marchó la denunciada, que después ofreció a la denunciante cuando salió del establecimiento, informándole de lo sucedido.

Ambas fueron compañeras en un centro escolar de Punta Umbría donde la denunciante era directora, habiéndose producido, según reza la sentencia, alguna incidencia en relación a su actividad profesional.

Sin embargo, la Audiencia no acepta los hechos al considerar solo ha quedado probado que el 14 de junio de 2014 una persona no identificada causó arañazos en el lateral de un vehículo, por lo que la absuelve.

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