El Gobierno aprueba un proyecto de ley para actualizar la sucesión legal a favor de la Comunidad foral

  • El Gobierno de Navarra ha aprobado, en su sesión de este miércoles, un proyecto de ley foral que actualiza el régimen regulador de la sucesión legal a favor de la Comunidad foral de Navarra.

El proyecto de ley será remitido ahora al Parlamento foral para su debate y votación, proponiéndose que ésta se realice en procedimiento de lectura única.

El proyecto de ley, ha precisado el Ejecutivo, tiene por objeto adecuar la normativa foral en esta materia al cambio legislativo establecido en el Estado mediante la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria.

Las principales modificaciones consisten en que la declaración de la Comunidad foral como heredera abintestato deja de ser un procedimiento tramitado por vía judicial para convertirse en un procedimiento administrativo y en que la cuantía de la herencia se ingresa en su totalidad a los Presupuestos Generales de Navarra para otros fines sociales, en lugar de repartirlo con otras entidades de beneficencia.

Hasta ahora, la sucesión legal a favor de la Comunidad foral se encuentra regulada en las leyes 304 y 307 de la Compilación de Derecho Civil Foral de Navarra (Ley 1/1973, de 1 de marzo), en la Ley Foral 14/2007, de 4 de abril, del Patrimonio de Navarra, y en el Decreto Foral 166/1988, de 1 de julio.

En lo que se refiere a la declaración de Navarra como heredera abintestato, el proyecto de ley aprobado este miércoles establece una serie de disposiciones que regulan el procedimiento administrativo que regirá dicha declaración, entre otras cosas, la competencia para su resolución, los requisitos y formas de su publicidad, las actuaciones instructoras a llevar a cabo, el plazo máximo para resolverlo y el contenido y efectos de dicha declaración administrativa hasta proceder a la liquidación de los bienes y derechos.

Respecto a la cantidad a heredar, la nueva norma determina que se ingresará en la Tesorería de la Comunidad foral con el fin de incrementar la dotación presupuestaria destinada a fines de interés social. Esta modificación actualiza el vigente reparto entre asociaciones y entidades sin ánimo de lucro.

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