La jueza de los ERE anula la prescripción sobre uno de los acusados tras la petición del PP

  • El caso afecta a dos ayudas por valor de 871.468 euros recibidas por un empresario de la Sierra Norte de Sevilla.
  • El pasado marzo la jueza había decretado la prescripción de delitos por el tiempo transcurrido desde que se concedió la ayuda y hasta que empezó la investigación.
  • Tras solicitarlos el PP, y en contra del criterio de la Fiscalía, Núñez ha determinado que es un delito continuado y por tanto aumenta el plazo de prescripción.
La jueza del 'caso de los ERE', María Núñez Bolaños, a la salida de los juzgados de Sevilla.
La jueza del 'caso de los ERE', María Núñez Bolaños, a la salida de los juzgados de Sevilla.
JOSÉ MANUEL VIDAL / EFE
La jueza del 'caso de los ERE', María Núñez Bolaños, a la salida de los juzgados de Sevilla.

La jueza del caso de los ERE, María Núñez, ha anulado la prescripción de los delitos que acordó en marzo pasado respecto a un empresario acusado de recibir en cinco años 871.468 euros de la Junta de Andalucía, una decisión que ha adoptado tras la petición de los abogados del PP y la oposición de la Fiscalía.

La magistrada acordó el 15 de marzo de este año la prescripción para doce empresarios de la Sierra Norte de Sevilla que recibieron ayudas por el plazo transcurrido desde que la recibieron y se empezó la investigación judicial, superior a diez años, y por ser inferior a 450.000 euros.

Tras un recurso del PP, la jueza ha dictado un auto, con fecha 9 de mayo, en el que declara no prescrita la responsabilidad penal para el empresario Joaquín Llano Heredia por los presuntos delitos de prevaricación y malversación porque considera que se trata de un delito continuado y, por tanto, el plazo de prescripción se eleva a quince años.

La jueza recuerda que, como administrador de Refractarios y Derivados S.L., la Junta le pagó al empresario el 5 de diciembre de 2001 una ayuda de 150.253 euros. Entre el 14 de febrero de 2005 y el 8 de mayo de 2006, el mismo empresario recibió, a nombre de la empresa Vivir el Barro S.L., otra ayuda de 721.215 euros para recolocar a 18 empleados de la anterior compañía que se quedaron en paro.

Sin embargo, esa empresa se creó "con la única finalidad de pedir otra ayuda" ya que nunca tuvo trabajadores ni actividad, y el dinero que recibió se destinó realmente a Refractarios y Derivados, según recoge un atestado policial citado por la jueza.

La magistrada afirma que, a pesar de la distancia temporal en la percepción de ayudas, es posible considerar un delito continuado porque las dos aportaciones de dinero público forman parte de la misma "dinámica" del investigado para obtener las ayudas, incluso, "parece ser", con la creación de "una sociedad ficticia".

La Fiscalía, por su parte, entiende que "no resulta justificada la aplicación de la norma de delito continuado visto el tiempo transcurrido entre un pago y otro", explica la jueza.

Para acordar en marzo pasado las doce prescripciones, la jueza tuvo en cuenta la solicitud de la Fiscalía Anticorrupción, que estableció para ello que las ayudas fueran por un importe inferior a 450.000 euros y que hubieran pasado diez años desde que la recibieron hasta que la jueza dictó el auto de apertura de la investigación.

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