En las conclusiones elevadas a definitivas, que ha expuesto durante la segunda sesión del juicio celebrado en la Sección Segunda de la Audiencia de Toledo, el Fiscal ha dicho que estaba acreditado que la acusada arrojó por el balcón a dos de sus hijos aunque ella no lo recordase, pero ha asumido que estos hechos se produjeron "en el transcurso de un brote psicótico agudo" provocado por el consumo de marihuana -tal y como han defendido los peritos previamente- siendo "un milagro" que los menores no sufrieran heridas "muy graves".
No obstante, esta parte sigue manteniendo la petición de pena de dos años contra la acusada por un delito de maltrato habitual en la mayor de sus hijas -que no estaba presente el día de los hechos-, y que se prohíba acercarse a ella a una distancia inferior a 500 metros y comunicarse con ella durante cinco años.
La acusación particular -en representación del padre del niño pequeño- también ha modificado sus conclusiones provisionales, de tal forma que ha rebajado a seis los 9 años de prisión que solicitaba para la acusada por un delito de asesinato en grado de tentativa, al considerar que el episodio psicótico hacía que sus capacidades estuvieran vulneradas pero no anuladas y aplicar la eximente incompleta por consumo de drogas.
(Habrá ampliación)
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