El Ayuntamiento de Almería estudiará sus alternativas tras la anulación de la reparcelación de Torrecárdenas

El alcalde de Almería, Ramón Fernández-Pacheco (PP), ha afirmado este miércoles que el Ayuntamiento, a través de sus servicios jurídicos y de la Gerencia Municipal de Urbanismo, va a estudiar qué alternativas de actuación tiene después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) haya anulado el proyecto de reparcelación del sector urbanístico en el que se proyecta el centro comercial Torrecárdenas impulsado por la empresa.
En el centro, el alcalde de Almería, Ramón Férnández-Pacheco
En el centro, el alcalde de Almería, Ramón Férnández-Pacheco
EUROPA PRESS
En el centro, el alcalde de Almería, Ramón Férnández-Pacheco

El alcalde de Almería, Ramón Fernández-Pacheco (PP), ha afirmado este miércoles que el Ayuntamiento, a través de sus servicios jurídicos y de la Gerencia Municipal de Urbanismo, va a estudiar qué alternativas de actuación tiene después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) haya anulado el proyecto de reparcelación del sector urbanístico en el que se proyecta el centro comercial Torrecárdenas impulsado por la empresa.

En rueda de prensa, el primer edil ha señalado que el sector sobre el que se pronuncia el Alto Tribunal "tiene muchos años ya, no es de hace dos o tres días" de forma que incluso en base a ella la empresa promotora "tiene licencias de obras".

En concreto, la sentencia estima el recurso de apelación interpuesto por Bryo Consultores contra el fallo del Juzgado de lo Contencioso-administrativo 3 de Almería, que sí la avaló, ya que considera que las adjudicaciones que el proyecto de reparcelación hace al Ayuntamiento de Almería "vulneran distintos preceptos" de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA).

El alcalde ha considerado que esta cuestión obedece a un asunto "muy técnico", por lo que ha señalado que una vez que se estudie la resolución se realizará una valoración y se adoptará una postura al respecto. Por el momento, según ha añadido, los responsables de la entidad no han contactado con él por esta cuestión pese a que "sería lo lógico".

La anulación de la reparcelación hace alusión a la adjudicación de suelo con uso terciario y su monetarización que, tal y como se explica en el citado proyecto, establecía que correspondía al Ayuntamiento "en su calidad de administración actuante y en virtud de la cesión del 15% acordada en el Convenio Urbanístico de 2006, 42.225 unidades de aprovechamiento, que se desglosaron en 24.450,00 unidades de aprovechamiento de uso terciario y 21.618,25 unidades de aprovechamiento de uso residencial VPO".

La sentencia señala que esto se estableció pese a que la Cláusula Quinta del Convenio Urbanístico de 2006 preveía que las 24.450,00 unidades de aprovechamiento de uso terciario, equivalentes a 24.450,00 metros cuadrados, fueran sustituidas por su equivalente en metálico a satisfacer por la mercantil Commercia a razón de 252 euros por metro cuadrado.

El recurrente alegó para impugnar el proyecto de reparcelación que este hecho vulnera el artículo 54.2.b) de la LOUA por dos razones: primera, porque se asigna al Ayuntamiento de Almería aprovechamiento de uso terciario existiendo aprovechamiento VPO disponible y, segunda, porque la monetización de ese aprovechamiento de uso terciario no estaba prevista en el instrumento de Planeamiento.

"dos reglas"

El tribunal considera que el motivo esgrimido debe estimarse porque de la redacción del artículo de la LOUA se desprende, "de forma clara", que en relación con las cesiones a la administración correspondientes a su participación en las plusvalías, existen dos reglas. La primera pasaría porque "tales cesiones sólo pueden ser sustituidas por su equivalente en dinero cuando el instrumento de planeamiento prevea tal posibilidad y, además, dicha sustitución se justifique mediante resolución motivada". Por otro lado, la segunda haría referencia a que las cesiones "deben hacerse en suelo destinado a VPO siempre que exista disponibilidad del mismo".

"Ambas reglas son vulneradas en el presente supuesto; así y comenzando por la segunda de ellas, y tal y como se indica en la Memoria de la Modificación puntual no 28 del PGOU de Almería, la edificabilidad residencial total prevista para el sector SUO-MNO-05 era de 180.000 metros cuadrados, por lo que la reserva del 30% de VPO suponen 54.000 metros cuadrados. Ello significa que el Ayuntamiento podía y debía recibir todo el aprovechamiento que le correspondía como administración actuante —42.225 unidades de aprovechamiento— en suelo para VPO, no siendo posible recibir parte en VPO y parte en suelo de uso terciario", concluye.

La Sección Cuarta indica, asimismo, que, en cuanto a la monetarización del aprovechamiento de uso terciario, el mismo estaba previsto en el Convenio urbanístico de 2006 "pero no, como exige la LOUA, en el instrumento de planeamiento, sin que además exista en el Convenio justificación alguna a la sustitución del aprovechamiento por su equivalente en metálico".

Por último, apunta que, si bien la redacción del artículo fue introducida en 2012 cuando se modificó la LOUA, es decir, con posterioridad a la aprobación del proyecto, "ello no es óbice para que el cumplimiento de las reglas contenidas en esa redacción sea también exigible en relación al proyecto de reparcelación impugnado".

"En consecuencia debe concluirse la estimación del recurso de apelación interpuesto y, con revocación de la sentencia apelada, se estima el recurso contencioso administrativo y se anula el proyecto de reparcelación aprobado", finaliza la resolución, contra la que no cabe recurso ordinario.

El Centro Comercial de Torrecárdenas, en construcción, pretende quedar configurado con un edificio comercial, constituido por un único edificio en dos plantas, con 106 locales y tres plantas de sótano para aparcamientos, al que se añade una zona comercial exterior, constituida por un único edificio de diez locales en cuyas dependencias se instalarán diferentes operadores comerciales y se ofertarán diferentes servicios, entre ellos salas de cine. A ello se añadirán, además de la urbanización ya existente, espacios libres de parcela con jardines, circulación y aparcamiento al aire libre.

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